ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR ADMINISTRATIVAMENTE a Ing. Antonio Gilberto Medina Centurión y al CPC Robert Manuel Hernández Mendoza, miembros del Comité Especial del Concurso Público N° 002-2011, con CESE TEMPORAL sin Goce de Remuneración por quince (15) días calendarios; por la comisión de faltas administrativas contenidas en el literal a) y d) del artículo 28°, del D.Leg. N° 276, al haber incumplido sus obligaciones establecidas en los literales a), b) y d) del artículo 21° del mismo cuerpo normativo, por haber admitido un diploma de Master por uno de Maestría según las precisiones de las Bases Integradas del Concurso Público N° 002-2011-GR.CAJ, "Servicio de Gestión y Conservación Vial por Niveles de servicio de la Carretera EMP. PE-08 (CHOROPAMPA)-COSPAN-HUAYOBAMBA-L.D. LA LIBERTAD"; faltas que han perjudicado el interés público.
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