ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente Adicional de Obra N° 08, por el monto de Trescientos Doce Mil Ciento Treinta y Siete con 32/100 Nuevos Soles (S/. 312,137.32), con una incidencia de 1,081%, y un porcentaje de incidencia acumulado total de todos los Presupuestos Adicionales y Deductivos Vinculantes de Obra de 14.998%,; solicitado por el Representante Legal del Contratista Ejecutor, CONSORCIO PALLÁN, mediante Carta N° 020-2014-RLCPI AMH, para la ejecución de la obra denominada: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP. PE-3N (BAMBAMARCA) — ATOSHAICO — RAMOSCUCHO — LA LIBERTAD DE PALLAN — EMP. PE 8B (CELENDIN)".
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