ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la ampliación de plazo solicitada por el CONSORCIO RECURSOS NATURALES, dado que referido contratista no ha invocado la causal establecida en la normatividad y que ésta modifique el plazo contractual; así como tampoco ha precisado la fecha que determina la finalización del hecho generador del atraso o paralización, incumpliendo con los presupuestos que requiere el Art. 140° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Art. 34, numeral 34.5 de la Ley de Contrataciones del Estado.
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