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RAR N° 15-2018-GR.CAJ/DRA

Miércoles, 14 Febrero 2018 - 6:23pm
Numero : 
15

ARTÍCULO PRIMERO: DEVOLVER a la empresa RESURRECCIÓN E.I.R.L. la suma de S/ 1,515.50 (Mil Quinientos Quince con 50/100 Soles), los cuales fueron depositados en la cuenta única del Tesoro Público, con fecha 24 de noviembre de 2017, por un error involuntario al haberse realizado un cobro indebido en un procedimiento gratuito en la Dirección Regional de Energía y Minas, siendo la partida específica de ingreso 13. 27. 199. Otros derechos administrativos de minería, Rubro: 09/TR "7", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.

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