ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- RESOLVER, el Contrato de Servicio de Consultoría N° 040-2012- GR.CAJ-DRA, derivado de la ADS N° 071-2012-GR-CAJ. suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y el Consultor CONSORCIO VILLAR CAJAMARCA, por haber acumulado el monto máximo de penalidad por mora en la ejecución de la prestación objeto del contrato, del Estudio a Nivel de Perfil del PIP "Mejoramiento del Servicio de Agua para Sistema de Riego de Centros Poblados de Chuco y Shitamalca y Caseríos Montesorco y Alfonso Ugarte, Distrito Pedro Gálvez, Provincia de San Marcos, Región Cajamarca", habiendo demostrado que dicho consultor ha incurrido en la causal 2) del Artículo 168° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. N° 184-2008-EF, modificado por D.S. N° 138-2012-EF., de conformidad con los Informes y documentos que integran la presente Resolución.
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