ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
OBJETO DEL CONTRATO:
Por el presente Contrato. EL GOBIERNO REGIONAL, otorga en cesión en uso, para su OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, toda la Infraestructura comprendida de la Obra: "Electrificación de Localidades del Distrito de Namballe", a favor de la empresa concesionaria ELECTRO ORIENTE S.A., para que se haga cargo de su operación y mantenimiento, con la finalidad de brindar el servicio de suministro de energía eléctrica en forma individual a la población de las localidades del Distrito de Namballe.
Por su parte ELECTRO ORIENTE S.A., dará el uso que corresponde a los bienes de los sistemas eléctricos señalados, para los fines pactados en el presente contrato, comprometiéndose a ejecutar los trabajos propios de operación y mantenimiento del SERVICIO ELÉCTRICO RURAL materia del presente contrato de conformidad y en cumplimiento con la normatividad legal vigente, para el desarrollo de estas actividades.
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