ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE lo solicitado por don CARLOS MIGUEL TAY POÁMAPE, sobre reconocimiento de vínculo laboral bajo el régimen que regula el Decreto legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pago de vacaciones, aguinaldos y bonificación por escolaridad, en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE EXCEDENCIA en el registro patrimonial y contable del Gobierno Regional Cajamarca, del Bien Mueble consistente en 01 vehículo móvil, cuyo código patrimonial, especificaciones y características se detallan en el Anexo A — Ficha de descripción de los bienes, que forma parte de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE lo solicitado por don FARLY ALONSO MINCHAN LEZCANO, sobre reconocimiento de vínculo laboral bajo el régimen que regula el Decreto legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pago de vacaciones, aguinaldos y bonificación por escolaridad, en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
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ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR a la Señora CARMEN SOLEDAD MARÍN VILLANUEVA, servidora nombrada en el cargo de Secretaria V categoría remunerativa ST "A" en la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, el importe de DOS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO Y 88/100 SOLES (S/.2,198.88), equivalente a cuatro (04) remuneraciones totales al mes de mayo 2018 (S/.549.72) por los conceptos que a continuación se indican:
- El importe de MIL NOVENTA Y NUEVE Y 44/100 SOLES (S/.1,099.44), como SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR DIRECTO.
- El importe de MIL NOVENTA Y NUEVE Y 44/100 SOLES (S/.1,099.44), como SUBSIDIO POR GASTOS DE SEPELIO Y LUTO Y/0 SERVICIO FUNERARIO COMPLETO.
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ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR, el beneficio de COMPENSACION VACACIONAL, a favor de los Sres., ex trabajadores contratados del Gobierno Regional Cajamarca, por los importes que corresponden a los periodos descritos en el Anexo N° 0006-18 que forma parte de la presente Resolución, por vacaciones truncas y/o no gozadas. Teniendo en cuenta que dichos montos se encuentran sujeto a descuentos de Ley.
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