ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Artículo Primero.- OTORGAR, al Señor ELI FILADELFIO CESPEDES SOLIS servidor nombrado en el cargo de Técnico Administrativo III categoría remunerativa ST "A" en la Dirección de Tesorería de la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca por cumplimiento de mandato iudicial, el importe de MIL NOVENTA Y NUEVE Y 44/100 SOLES (S/1,099.44), equivalente a dos (02) remuneraciones integras o totales percibidas al mes de abril del 2009 (S/549.72) y que se otorga por única vez como ASIGNACION ECONOMICA, por haber acreditado veinticinco (25) años de servicios prestados al Estado, debiendo descontarse el importe de SESENTA Y CUATRO Y 40/100 SOLES (S/64.40) (otorgados mediante Resolución Administrativa Regional N° 037-2009-GR.CAJ/DRA, de fecha 27 de mayo de 2009). El mismo que se afectarán al grupo genérico 2.5.5 "Pagos de sentencias judiciales, laudos arbitrales y similares". Respecto al pago de los intereses legales, éstos serán determinados por el Poder Judicial.
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Artículo Primero.- OTORGAR, Ampliación de Bonificación Personal mensual con efectividad del 01 de agosto de 2018 a favor del Ing. AGUSTIN MANUEL MORALES RIOS, servidor nombrado en el cargo de Ingeniero IV categoría remunerativa SP "A" en la Sub Gerencia de Programación e Inversión Pública de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Cajamarca, por su SEXTO QUINQUENIO equivalente al 30 % de su Remuneración Básica, por haber acreditado TREINTA (30) AÑOS de servicios prestados al Estado al 31 de julio de 2018.
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ARTÍCULO PRIMERO: CONCEDER LICENCIA CON GOGE DE REMUNERACIONES por enfermedad grave de familiar directo a doña ADRIANA REBECA SILVA ROJAS, Especialista en Evaluación Industrial del Gobierno Regional Cajamarca; esto, en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa, a partir del 18-07-2018 al 24-07-2018 (7 días).
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ARTÍCULO PRIMERO: DEVOLVER al GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA la suma de SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 96/100 SOLES (S/ 7,342.96), por haberse registrado dicho monto como penalidad debiendo ser registrado como retención de garantía de fiel cumplimiento, a efectos de devolver su garantía al contratista Francisco Wilder Chichipe Salazar; siendo la partida específica de ingreso: 15 22 11 — Sanciones de Administración General.
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ARTÍCULO PRIMERO: DEVOLVER al Sr. Marco Antonio Segura Ángeles la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 74/100 SOLES (S/ 797.74), por haberse realizado un cobro indebido de penalidad; siendo la partida específica de ingreso: 15 22 11 — Sanciones de Administración General.
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