ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO,- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial N° 05, por 14 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO VILLACAR; para la ejecución de la obra: "Mejoramiento del Sistema de Electrificación Rural del Caserío La Colpa, Distrito de Jesús - Cajamarca - Cajamarca"; en atención a la causal establecida en el Numeral 1) del Art. 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado: Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista; de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar APROBAR la Liquidación de la Obra: "ELECTRIFICACIÓN RURAL CASERÍO PAMPA IRACUSHCO" — Obra Complementaria para la atención individualizada de beneficiarios faltantes que incluye el saneamiento de las distancias mínimas de seguridad", por el monto de SI. 305,909.81 (Trescientos Cinco Mil Novecientos Nueve con 811 1100 Soles), según lo informado por la Sub Gerencia de Operaciones; cuyos informes técnicos forman parte integrante del presente expediente de Liquidación.
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ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR, la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 006-2016-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de febrero de 2016, que aprueba el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento de Servicio Educativo en la I.E. 821010 Centro Poblado San Isidro, Distrito José Sabogal, Provincia de San Marcos, Región de Cajamarca"; con Código SNIP N° 229527, en lo que corresponde al Presupuesto, en atención a los informes técnicos que motivan su modificación, y que conforman la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 04, por CUARENTA Y NUEVE (49) Días Calendario, solicitada por el Representante Común del CONSORCIO CATILLUC; para la ejecución del Adicional N° 01 de la Obra: "Mejoramiento Carretera CA-103: EMP.PE-06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE-06C (EL Empalme)"; de conformidad a lo informado por el representante legal de la supervisión de Obra, Consorcio Supervisor Vial Cajamarca y la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, documentos que forman parte integrante de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 03, por 46 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO CATILLUC; para la Ejecución de la Obra: "Mejoramiento Carretera CA - 103: EM. PE- 06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP. PE - 06 C (El Empalme) - Cajamarca"; de acuerdo a los informes técnicos expuestos en la presente resolución.
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