ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 04, por Dos (02) días calendario, solicitada por el Representante Legal del Consorcio San Marcos I, para la ejecución de la obra "Electrificación Rural en la Microcuenca Muyoc - Shitamalca"; por la causal establecida en el Numeral 3) del Artículo 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 02, por Diez (10)días calendarios, solicitada por el Representante Legal Común del CONSORCIO SAN JUAN, para la ejecución de la obra: "RECONSTRUCCIÓN I.E. CHUCO - PEDRO GÁLVEZ - SAN MARCOS"; por la causal establecida en el Numeral 1) del Artículo 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; estableciéndose como nueva fecha de término de ejecución de la obra antes referida, el día 21 de marzo de 2012; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente de la Actividad donominada: "SUPERVISIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA"; de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, el mismo que consta de: Gatos Generales, Descripción Objetivos, Metas, Beneficios, Resultados, Presupuesto, Requerimiento, Instancia que Ejercerá la Supervisión, Cronograma de actividades y Anexos; con un costo total de SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TRECE CON 00/100 NUEVOS SOLES - S/. 768,713.00 Nuevos Soles, documentos que foman parte integrante de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 01, por Treinta y Seis (36) días Calendarios, solicitado por el consultor Ing. Henry Flavio Celiz Suarez, para la prestación del Servicio de Consultoría: "Servicio para el Pintado, Codificado y Señalización de Infraestructura y Elaboración del Expediente Final de Construcción de Obra de 2 redes Primarias 22.9, Redes Secundarias 460-230 V y Conexiones Domiciliarias - caseríos Llamapampa, Alto Perú, Nuevo Puebo, San Mateo, Baños Quilcate y El Milagro - Tramo 1" por la causal establecida en el numeral 2) del artículo 175º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; quedando establecido que la ampliación de plazo es desde el 17 de enero de 2012 al 22 de febrero del 2012; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 01, por Treinta y Seis (36) días Calendarios, solicitado por el consultor Ing. Henry Flavio Celiz Suarez, para la prestación del Servicio de Consultoría: "Servicio para el Pintado, Codoficado y Señalización de Infraestructura y Elaboración del Expediente Final de Construcción de Obra de redes Primarias 22.9 kv/13.2 Kv, Redes Secundarias 440-220 V y Conexiones Domiciliarias - caseríos El Llantén, Zognad Bajo, Nuevo Progreso, El Lirio y Chuclla Pamap - Tramo 2" por la causal establecida en el numeral 2) del artículo 175º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; quedando establecido que la ampliación de plazo es desde el 18 de enero de 2012 al 23 de febrero del 2012; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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