ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional N° 456-2013-GR.CAJ/P, de fecha 17 de julio de 2013, que aprueba el Expediente Técnico Reformulado del Proyecto denominado: "CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA "SHIRAC — CAÑAPATA - CARUILLO", sólo en lo que corresponde al Plano del Expediente Técnico denominado Plano Topográfico Variante Proyectada Progresivas Km 15+670 - Km. 16+560, según se detalla en la segunda consideración de la presente, quedando vigente lo demás que contiene, según lo indicado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones mediante Oficio N° 656-2014-Gr.CAJ/GRI/SGSL, y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 1, por TREINTA (30) días calendario, solicitada por la Consultora Ing. MAGALY SÁNCHEZ DÁVALOS; para la Elaboración del Expediente Técnico del PIP: "Reconstrucción de Infraestructura y Equipamiento de la I.E.P.S. N° 16573 - Raúl Porras Barrenechea de la Localidad de Peña Blanca, Distrito de San José del Alto - Jaén - Cajamarca "; emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Estudios.
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ARTICULO PRIMERO.- RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 051-2014-GR.CAJ/GRI, de fecha 07 de abril de 2014, en el extremo del monto determinado como Presupuesto Total del Provecto, por cuanto DICE:
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 12, por OCHO (08) días calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO PALLÁN; para la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera EMP. PE - 3N (Bambamarca) - Atoshaico - Ramoscucho - La Libertad de Pallán - EMP. PE 8B (Celendín)"; emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Liquidación del CONTRATO DE CONSULTORÍA N° 011-2013-GR.CAJ/GGR, suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y MAXIMO BORJA TAFUR, para la Supervisión de la Obra: "Reconstrucción de la I.E N° 341- Llallán — Chilete — Contumazá", cuya Liquidación del Contrato de Supervisión de Obra, asciende a un monto de Cuarenta y Cinco mil Quinientos Cuatro con 40/100 Nuevos Soles, (S/. 45,504.40).
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