ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Eusebio Taboada Ruíz, Presidente de la Asociación de Pensionistas del Ministerio de Agricultura — APEMA Jaén, contra la Resolución de Gerencia Sub Regional N° 124-2016-GR.CAJ-GRSJ, de fecha 08 de agosto de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la decisión administrativa impugnada; dándose por azotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, los días 30 de mayo (por la tarde) al 01 de junio del presente año la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, al ING. FRANZ LONARDI BAZAN MONTOYA Gerente Regional de Infraestructura, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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Artículo Primero: Aprobar una Modificación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras, trasfiriendo de la Unidad Ejecutora: 400 Salud Cajamarca el monto de S/ 1,622,752.00 (Un Millón Seiscientos Veintidós Mil Setecientos Cincuenta y Dos con 00/100 Soles) a las Unidades Ejecutoras de Salud de acuerdo al siguiente detalle: a la Unidad Ejecutora: 401 Salud Chota el monto S/ 110,766.00 (Ciento Diez Mil Setecientos Sesenta y Seis con 00/100 Soles), a la Unidad Ejecutora: 402 Salud Cutervo el monto de S/ 133,250.00 (Ciento Treinta y Tres Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 Soles), a la Unidad Ejecutora: 403 Salud Jaén el monto de S/ 774,765.00 (Setecientos Setenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Cinco con 00/100 Soles), a la Unidad Ejecutora: 404 Hospital Cajamarca por un monto de S/ 235,000.00 (Doscientos Treinta y Cinco Mil con 00/100 Soles) y a la Unidad Ejecutora: 407 Salud San Ignacio el monto de S/ 368,917.00 (Trescientos Sesenta y Ocho Mil Novecientos Diecisiete con 00/100 Soles), de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, del 31 de mayo al 3 de junio del presente año, la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cajamarca, al LIC. CARLOS MAGNO RONCAL NORIEGA Sub Gerente de Desarrollo Social y Humano, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por don Andrés Antonio GAVIDIA JAVE, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa Regional Nº 072-2017-GR-CAJ/ DRA, de fecha 19 de abril de 2017, en el extremo de INCORPORAR EL CAFAE EN SUELDO CON FINES PENSIONABLES, por los razones expuestos en la parte considerativa de lo presente resolución. Dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PRESCRITA la acción disciplinaria instaurada mediante Resolución del Órgano Instructor N° 09-2016-GR.CAJ-GGR, de fecha 10 de junio de 2016, contra el Mg. José Pedro CERDÁN URBINA, Ex Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cajamarca; Ing. Guillermo Enrique MAURICCI ORTEGA, Ex Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; C.P.C. Carlos Manuel ABANTO SALAZAR, inspector Financiero —Técnico Administrativo III de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; Ing. José del Carmen URTEAGA BECERRA, Ex Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; Ing. Roger Alberto PRÍNCIPE REYES, Ex Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; Ing. Teresa Victoria CHÁVEZ TOLEDO; Ex Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca Ing. Andrés Antonio GAVIDIA JAVE; Ingeniero IV de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; esto, en aplicación retroactiva de los plazos de prescripción dispuesta en el artículo 246° numeral 5) del TUO de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, los días 25 y 26 de mayo del presente año, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cajamarca, al Abg. JUAN MIGUEL TAPIA BACA, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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