ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Apelación planteado por don Segundo Juan Vásquez Ruíz y don José Alberto Requejo Ydrogo, contra las Resoluciones de Gerencia Sub Regional Nºs 123 y 127-2013-GR.CAJ.GSR.CH, de fechas 03 y 09 de julio de 2013, respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Apelación planteado por don Jorge Tapia Guevara y doña María Hortencia Carranza Medina, contra las Resoluciones de Gerencia Sub Regional Nºs 122 y 124-2013-GR.CAJ.GSR.CH, ambas de fechas 03 de julio de 2013, respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el pago por concepto de compensación en efectivo de la indemnización justipreciada que corresponde al uso de la Cantera ubicada en la progresiva K5-30 (Cangana N° 03), para la ejecución de la obra denominada: "MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TRAMO EMP: EC105 (LA PALMA)-CONGA EL VERDE Y TRAMO EMP. R-22 (LA LIBERTAD)-EMP.R-114 (EL PORVENIR) — NUEVO TRIUNFO- EMP.R-23 (CRUCE EL NARANJO)- EL NARANJO-EMP.CA-107 CHALAMARCA, DISTRITO CHALAMARCA-CHOTA-CAJAMARCA"; por un importe ascendente a Ocho Mil con 00/100 Nuevos Soles — (S/. 8,000.00); que será emitido a nombre de Segundo Mesías Rojas Rodrigo, en su calidad de Propietario.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el pago por concepto de compensaciones en efectivo de la indemnización justipreciada que incluye compensación por el eventual perjuicio a los ciudadanos propietarios que firmaron la autorización para los pases y canteras, en la ejecución de la obra denominada "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP.PE-3N (BAMBAMARCA)-ATOSHAICO-RAMOSCUCHO-LA LIBERTAD DE PALLAN-EMP.PE 8B (CELENDíN)"; "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP.PE-3N (BAMBAMARCA)-ATOSHAICO-RAMOSCUCHO-LA LIBERTAD DE PALLAN-EMP.PE 8B (CELENDIN)"; debiendo cancelarse un importe total de Tres Mil Doscientos con 00/100 Nuevos Soles — (S/. 3,200.00) a razón de: Quinientos con 00/100 Nuevos Soles — (S/. 500.00) a favor de Ángel Ramadier Saldaña Tello; Mil Doscientos con 00/100 Nuevos Soles (S/.1,200.00) a favor de María Basilia Saldaña Nauca y un importe de Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,500.00) a favor de Andrea Micha Medina; conforme se detalla en el Informe N° 35-2013-RCR-FS-FPALLAN y en el Oficio N° 1168-2013-GR.CAJ-GRI/SGSL.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública: "INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO LLUCHUBAMBA, DISTRITO DE SITACOCHA — CAJABAMBA-CAJAMARCA", con código SNIP 184992; que será ejecutado bajo la Modalidad de Ejecución: Administración Directa, con un plazo de ejecución: 12 meses; el mismo que consta de: Resumen Ejecutivo, Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Metrados, Presupuesto , Análisis de Precios Unitarios, Insumos requeridos, Gastos Generales, Calculo del Flete, Cronograma de ejecución física financiera, Formula Polinómica, Programación de Obra, Anexos, Planos; con un Presupuesto Total de Inversión de S/. 3'126,359.79 Nuevos Soles Nuevos Soles (Tres Millones Ciento Veintiséis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 79/100 Nuevos Soles); del cual el monto de S/. 2'981,611.83 Nuevos Soles, corresponde al aporte del Gobierno Regional de Cajamarca y el monto de S/. 144,747.96 Nuevos Soles, corresponde al aporte comunal de los beneficiarios, referido al 20% de mano de obra no calificada.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la DÉCIMA MODIFICACIÓN del Plan Anual de Contrataciones de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, para el ejercicio presupuestal del año 2013 en su DÉCIMA PRIMERA VERSIÓN, por las consideraciones expuestas; INCLUYENDO Y EXCLUYENDO las contrataciones de Ejecución de Obras, Consultorías de Obras y Bienes, cuyo detalle figura en los cuadros anexos, que forman parte integrante de la presente.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, del 31 de julio al 01 de agosto del presente año, la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Cajamarca, al CPC. SALOMON SALDAÑA CERNA Director de Patrimonio, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo y mientras dure su ausencia, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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