ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: "INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN EL CENTRO POBLADO SALACAT, DISTRITO DE SOROCHUCO. PROVINCIA DE CELENDÍN, REGIÓN CAJAMARCA", con un monto total de inversión DE CINCO MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON 39/100 NUEVOS SOLES (S/. 5'711,826.39), con un plazo de ejecución de diez (10) meses, el mismo que consta de Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Planilla de Metrados, Presupuesto Referencial, Análisis de Precios Unitarios, Cronograma de Avance de Obra, Estudio de Impacto Ambiental, Panel Fotográfico y Planos.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, los días 27 y 28 de marzo del presente año, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cajamarca, a la Abg. MARIA ELENA PAREDES PRADO Secretaria General, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo y mientras dure su ausencia, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTICULO UNICO : ENCARGAR, al Ing° Helard Chávez Juanito, Gerente Regional de Infraestructura Nivel F-6, las FUNCIONES del cargo de Gerente General Regional del Gobierno Regional Cajamarca, el día 28 de marzo del año en curso, con todas las atribuciones y responsabilidades inherentes al cargo.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación por Denegatoria Ficta, interpuesto por doña Iris Carmela Rivera Córdova, doña Maritza Elvira Vargas Barrantes, doña Ema Elcira Collazos Vásquez, don Helmer Díaz Alarcón, don Wilmer Gálvez Quevedo, don Dimas Salomón Estacio Pita, don Oider Villermit Polo Campos y don Hugo Antonio Ferreñán Inoñán, respecto al no pronunciamiento de su solicitud formulada mediante Expediente N° 01234194, de fecha 18 de diciembre de 2013; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, formulado por don Guillermo Rivasplata Alcántara, contra la Resolución de Gerencia Sub Regional N° 027-2014-GR.CAJ-GSRJ, de fecha 24 de febrero de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativas de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la decisión recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Liquidación Técnico Financiera del PIP 16484 denominado: "ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA", correspondiente al periodo 2006-2012, ejecutada bajo la modalidad de Administración Directa, con una inversión de s/. 1 '755,101.46 (Un millón setecientos cincuenta y cinco mil ciento uno con 46/100 Nuevos Soles), cuyo Expediente de Liquidación Técnico Financiera consta de un (01) anillado de doscientos cincuenta y ocho (258) folios, conteniendo la información sustentatoria de dicha liquidación, los que forman parte de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, los días 20 y 21 de marzo del presente año, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cajamarca, a la Abg. MARIA ELENA PAREDES PRADO Secretaria General, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo y mientras dure su ausencia, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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