ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la SEGUNDA MODIFICACIÓN del Plan Anual de Contrataciones de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, para el ejercicio presupuestal del año 2017 en su TERCERA VERSIÓN, por las consideraciones expuestas; INCLUYENDO la contratación de Bienes, Servicios y Obras, cuyo detalle figura en los cuadros anexos, que forman parte integrante de la presente.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, EN VÍA DE REGULARIZACIÓN, LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 03, por doscientos treinta (230) días calendario, para la ejecución de la obra denominada "Instalación del Sistema de Riego Lluchubamba, Distrito de Sitacocha — Cajabamba — Cajamarca", por las causales establecidas en el literal a) Por Caso Fortuito o Fuerza Mayor, del numeral 7.12.2 de la Directiva N° 05-2012-GR.CAJ-GRPPAT. "Normas para la Ejecución de Obras Bajo la Modalidad de Administración Directa en el Gobierno Regional de Cajamarca", motivadas por el desabastecimiento de materiales de construcción equipos de riego, así como por las constantes precipitaciones pluviales.
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Artículo Primero: Aprobar una Modificación Presupuestal en el nivel funcional programático entre Unidades Ejecutoras, transfiriendo de la Unidad Ejecutora: 100 Agricultura el monto de S/ 10'168,249.00 (Diez Millones Ciento Sesenta y Ocho Mil Doscientos Cuarenta y Nueve con 00/100 Soles), a las Unidades Ejecutoras: 002 Chota el monto de S/ 4'799,964.00 (Cuatro Millones Setecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), a la Unidad Ejecutora: 003 Cutervo el monto de S/ 3'566,996.00 (Tres Millones Quinientos Sesenta y Seis Mil Novecientos Noventa y Seis con 00/100 Soles) y a la Unidad Ejecutora: 004 Jaén el monto de S/1'801,249.00 (Un Millón Ochocientos Un Mil Doscientos Cuarenta y Nueve con 00/100 Soles),en la fuente de financiamiento: Recursos Determinados, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por don José Luis URTEAGA GUERRERO, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa Regional N° 22-2017-GR-CAJ/DRA, de fecha 06 de febrero de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, a partir del 06 de marzo del presente año, la Dirección de Abastecimientos de la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, al CPC. CESAR RODOLFO SANCHEZ SANCHEZ, con todas las atribuciones y responsabilidades propias al cargo, mientras se designe al titular, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por doña Fany Serrano Lozano, contra las decisiones administrativas contenidas en las Cartas N°s. 07 y 09-2017-GR.CAJ/GRSJ, de fechas 07 y 09 de febrero de 2017, respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMENSE las decisiones administrativas impugnadas; dándose por agotada la vía administrativa.
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Artículo Primero: Formalizase las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, dentro de las unidades ejecutoras, en el presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, correspondientes al mes de febrero del 2017, de acuerdo al detalle que se indica en los anexos adjuntos a la presente resolución.
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