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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Miércoles, 4 Febrero 2009 - 11:41am

Articulo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario procedente del Ministerio de Economía y Finanzas a favor del pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, por el monto de S/. 1'370,391.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, con la finalidad de garantizar la continuidad de los proyectos de inversión; de acuerdo al detalle que se indica en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruirá a la Unidad Ejecutora que corresponda para que elabore las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

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Miércoles, 4 Febrero 2009 - 11:42am

Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, al señor PACHECO HUANCAS CARLOS SEGUNDO como nuevo responsable TITULAR en reemplazo de la señora MANTILLA ROQUE EDELMIRA ANGÉLICA, para el manejo de las Cuentas Bancarias, de la Unidad Ejecutora 303 REGION CAJAMARCA - EDUCACIÓN JAÉN, con número de identificación 00784 para el Ejercicio Fiscal 2009, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley.

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Lunes, 2 Febrero 2009 - 11:53am

Articulo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Transferencia Financiera procedente del Ministerio de Educación a favor de la Unidad Ejecutora 300 Educación Cajamarca del pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, hasta por la suma de 43.300.00 (CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, con la finalidad de ser destinados exclusivamente para el financiamiento del pago de la Asignación Económica Excepcional de los docentes que han logrado el nivel de suficiente o destacado, en el Programa acional de Formación y Capacitación Permanente 2008, Educación Básica Regular, Hispano Hablante y Programa JUNTOS Subsistema MINEDU, Primera Fase-Primer Grupo-Año 2008; de cuerdo al detalle que se indica en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento. Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruirá a la Unidad Ejecutora que corresponda para que elabore la correspondiente 'Nota para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso; a la Contraloria General de la República, a la Contaduría Pública de la Nación y la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

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Lunes, 2 Febrero 2009 - 11:55am

ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, a la Comisión que se encargará de evaluar el avance del Proyecto "Ordenamiento Territorial de la Región Cajamarca" Período 2005-2008, la misma que estará conformada por:

-Lic. SERGIO SÁNCHEZ IBÁÑEZ, quien lo preside
-Ing. HERBERT VILLAR ROJAS, Asesor de la Presidencia Regional
-Ing. ARTEMIO BENEL PÉREZ, Asesor de la Presidencia Regional
-Econ. CARLOS MÁXIMO MERINO RAMÍREZ.

La Comisión referida en el presente artículo deberá presentar el Informe correspondiente el día lunes 2 de febrero del año en curso.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y a los interesados, para los fines de ley.

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Viernes, 30 Enero 2009 - 11:57am

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional № 327-2008-GR.CAJ/P, en los siguientes términos: "ENCARGAR, a partir de la fecha al Econ. DEYNER D. LEZCANO MINCHÓN, Director Regional de Administración, el seguimiento de la implementación de las recomendaciones de las acciones de control que el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca", dejándose vigente los demás extremos que dicha resolución contiene, con el cambio de género.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y al interesado, para los fines de ley.

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Lunes, 26 Enero 2009 - 11:59am

ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR, el error material del Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional № 013-2009-GR-CAJ/P, de fecha 16 de enero del 2009 mediante la cual Resuelve renovar el DESTAQUE por Unidad Familiar a partir del 01 de enero hasta el 30 de junio del 2009, del TAP JUAN ERMITAÑO SARE APONTE, en el cargo de Técnico en Enfermería II Categoría Remunerativa STA del Hospital Regional Cajamarca - Dirección Regional de Salud Cajamarca - Gobierno Regional Cajamarca al Centro de Salud Chacarillas de Otero de Microred Piedra Liza de la Dirección de Red de San Juan de Lurigancho - Dirección de Salud IV Lima Este. "

ARTÍCULO SEGUNDO.- RECTIFICAR, el error material del Artículo Sexto de la Resolución Ejecutiva Regional № 013-2009-GR-CAJ/P, de fecha 18 de enero del 2008 mediante el cual resuelve que la Oficina de Personal..., bajo responsabilidad remitirá a la Gerencia Sub Regional - Chota.... el reporte de la asistencia de la servidora...,Debiendo ser como a continuación se indica:

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Miércoles, 28 Enero 2009 - 12:04pm

Articulo 1º.- Aprobar una Ampliación de Calendario de compromisos correspondiente al mes de Enero del año fiscal 2009, en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias y Canon, Sobre canon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuentes de Financiamiento conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ejecutiva.

Artículo 2°.- La Ampliación de Calendario de Compromisos aprobada por la presente Resolución no autoriza, ni convalida, actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca que no se ciñan a la normatividad vigente, en el marco de lo establecido en el numeral 30.3 del artículo 30° de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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