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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Viernes, 13 Marzo 2009 - 4:49pm

RTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR el Articulo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional № 104-2009-GR.CAJ/P. de fecha 26 de febrero de 2009, el mismo que queda redactado en los términos siguientes: "Autorizar, la Transferencia Financiera ascendente a la suma de VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE CON 60/100 NUEVOS SOLES (S/ 22'955,711.60), de la FUNCIÓN 03 - Planeamiento, gestión y Reserva de Contingencia - Programa Funcional 006 — Gestión, Gobierno Regional Cajamarca, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-PROVJAS NACIONAL, en " el marco de las disposiciones legales y técnicas vigentes, para la ejecución de la Obra: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO A NIVEL DE ASFALTO DE LA CARRETERA CAJAMARCA-CELENDÍN-BALZAS, TRAMO II KM. 26+000 AL KM. 52+000".quedando vigente los demás extremos de la misma.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaria General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y al Ministerio de Transportes y comunicaciones-PROVÍAS NACIONAL, para los fines de Ley.

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Viernes, 13 Marzo 2009 - 4:58pm

ARTÍCULO PRIMERO- RECONOCER Y FELICITAR a la Cooperativa Agraria Atahualpa Jerusalén de Trabajadores Ltda en la persona de su representante legal señor ALEJANDRO QUISPE CHILÓN, par lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que Secretarla General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional y a la parte interesada para los fines de Ley

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Martes, 10 Marzo 2009 - 2:38pm

Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al señor PERALTA VAI.DERRAMA EDWIN DAVID como nuevo responsable TITUIAR en reemplazo del Señor CALVA GAMARRA SEGUNDO RUDECINDO. y al señor BASA URI VILUNUEVA MANUEL UVEDELINDO como nuevo responsable SUPLENTE en reemplazo de la señora MUÑOZ "ORRES FLOR DE MARÍA CARLOTA para el manejo de las cuentas bancarias de la entidad Ejecutora 100 REGIÓN CAJAMARCA - AGRICULTURA CAJAMARCA con 'mero de identificación 00779 para el ejercicio fiscal 2009 cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley.

Articulo Segundo.- Como consecuencia de ¡o señalado en el articulo precedente, el cuadro de funcionarios responsables del manejo de las cuentas bancarias de la antes mencionada Unidad Ejecutora, vigente a partir de la fecha indicada en el articulo precedente es como sigue: en el adjunto.

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Lunes, 9 Marzo 2009 - 2:40pm

Articulo Primero.- Aprobar la Desagregación de los recursos financieros aprobados mediante Decreto de Urgencia № 022-2009, por concepto de Transferencia de Partidas a favor del pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, por el monto de SI. 7' 970, 600.00 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; destinados a financiar la reposición de equipamiento de los Puestos y Centros de Salud de la Región Cajamarca; de acuerdo al detalle que se indica en los anexos adjuntos, que forman parte de la presente Resolución.

Articulo Segundo.- Los establecimientos de Salud remiten los requerimientos de reposición de equipamiento a la Microred de Salud a la que pertenecen, ésta consolida y lo remite a la Dirección Regional de Salud; para tal acción contarán con un plazo no mayor a quince días caléndanos a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia 022-2009.

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Lunes, 9 Marzo 2009 - 2:43pm

ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER a la Instancia Regional de Coordinación del Programa de Alfabetización y Educación Básica de Adultos (PAEBA), conformada por las siguientes Instituciones Públicas y Privadas

•La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cajamarca, representado por la Dirección Regional de Educación.
•Minera Yanacocha S.R.L
•Municipalidad Distrital de Baños del Inca, representado por el Alcalde.
•Municipalidad Provincial de Cajamarca, representada por el Gerente de Desarrollo Social.

ARTÍCULO SEGUNDO - La Instancia Regional de Coordinación del PAEBA, tendrá las siguientes funciones; Asumir la responsabilidad de la gestión e implementación del PAEBA, en el ámbito de la Municipalidad Distrital de Baños del Inca y Municipalidad Provincial Cajamarca. - Elaborar el Plan Operativo Anual y realizar el seguimiento y evaluación del mismo.
Informar mensualmente del avance físico y financiero del PAEBA al Gobierno Regional Cajamarca. Minera Yanacocha, Municipalidad Provincial de Cajamarca y Municipalidad Distrital de Baños del Inca. Promover la sistematización de experiencias de Educación Básica Alternativa para jóvenes y adultos de la Región para definir y proponer lineamientos de intervención Regional para la Educación Básica Alternativa. Presentar y difundir los avances y logros del PAEBA.

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Viernes, 6 Marzo 2009 - 2:44pm

Articulo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario que incorpora la donación procedente de la Empresa Minera Yanacocha S.R.L a favor de la Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca del pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, hasta por la suma SI. 80. 835.00 (OCHENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, para ser destinados a financiar el proyecto "Vigilancia de los Riesgos para la Salud'; de acuerdo al detalle que se indica en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento. Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruirá a la Unidad Ejecutora que corresponda para que elabore la correspondiente "Nota para la Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

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Viernes, 6 Marzo 2009 - 2:46pm

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR la muerte del Sr. JOSÉ HUMBERTO VÁSQUEZ COSME, ocurrida el dia 02 de abril de 1990, en el local institucional de la Central Cooperación Popular de la Provincia de Cajabamba como consecuencia de un acto de terrorismo. No siendo posible el reconocimiento del ascenso postumo por no haberse acreditado el Nivel Remunerativo que ostentaba al momento de producido el evento.

ARTÍCULO SEGUNDO.- RECONOCER a los herederos legales del occiso JOSÉ HUMBERTO VÁSQUEZ COSME, la indemnización Excepcional ascendente a la suma de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 3,780.00) solicitada por doña MARlA PIEDAD FLORES CALDERÓN VIUDA DE VÁSQUEZ.

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