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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Lunes, 6 Julio 2009 - 12:17pm

ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO en todos sus extremos la Resolución Ejecutiva Regional № 212-2009-GR.CAJ/P, de fecha 14 de mayo de 2009; en consecuencia, vigente la Resolución Ejecutiva Regional № 120-2009-GR.CAJ/P, de fecha 04 de marzo de 2009, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente, a los interesados y a los órganos del Gobierno Regional Cajamarca, para los fines de ley.

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Lunes, 6 Julio 2009 - 12:18pm

ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR el DESTAQUE por Unidad a partir del 01 de julio hasta el 31 de diciembre del 2009, a la Sra. GRISELDINA LLATAS CARRASCO servidora nombrada en el cargo de Técnico de Laboratorio I categoría remunerativa ST "D" del Hospital Santa María de la Dirección Sub Regional de Salud Cutervo del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital Regional Docente "Las Mercedes" de Chiclayo de la Dirección Regional de Salud Lambayeque del Gobierno Regional LAMBAYEQUE.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar establecido que de conformidad con Directiva №01-2008-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional № 183-2008-GR. CAJ/P, dispone que los destaques del personal nombrado de la entidades y dependencias sectoriales y de los órganos desconcentrados, fuera del ámbito regional no podrá exceder de dos (2) ejercicios presupuéstales consecutivos, correspondiendo a los interesados gestionar su reasignación, en los casos que sean necesarios

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Lunes, 6 Julio 2009 - 12:25pm

ARTICULO PRIMERO.- DESTACAR en vía de regularización por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Anestesiología, a partir del 01 de junio hasta el 31 de diciembre del 2009, al Dr. ROMMEL AURELIO TERAN BAZAN, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 en el Puesto de Salud Matara de la Red II Cajamarca de la Dirección Regional de Salud Cajamarca del Gobierno Regional CAJAMARCA, al Hospital Base "Víctor Lazarte Echegaray" de la Red Asistencial la Libertad -ESSALUD - LA LIBERTAD.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar establecido que de conformidad con la Directiva № 01-2008-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional № 183-2008-GR.CAJ/P, que dispone que los destaques del personal nombrado de la entidades y dependencias sectoriales y de los órganos desconcentrados, fuera del ámbito regional no podrá exceder de dos (2) ejercicios presupuéstales consecutivos, correspondiendo a la interesada de ser el caso gestionar su reasignación correspondiente.

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Lunes, 6 Julio 2009 - 12:27pm

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Adicional de Obra № 04, por el monto de SI. 324 409.78 (Trescientos Veinticuatro Mil Cuatrocientos Nueve con 78/100 Nuevos Soles), solicitado por el CONSORCIO LLANOS.

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR, el Deductivo de Obra № 04, por el monto de SI. 245 341.28 (Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Uno con 28/100 Nuevos Soles), solicitado por el CONSORCIO LLANOS.

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Viernes, 3 Julio 2009 - 12:28pm

Artículo 1°.- Aprobar el Calendario de Compromisos del mes de Julio del Año Fiscal 2009, del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca a nivel Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico e Gasto y Fuente de Financiamiento, conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- El Calendario de Compromisos aprobado por la presente Resolución no autoriza, ni convalida actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca que no se ciñan a la normatividad vigente, en el marco de lo establecido en el numeral 30.3 del artículo 30° de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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Jueves, 2 Julio 2009 - 12:29pm

Artículo Primero: Rectificar el error material de los anexos de las Resoluciones Ejecutivas Regionales Nros 057-2009-GR-CAJ/P, 161-2009-GR-CAJ/P, 177-2009-GR-CAJ/P, 209-2009-GR-CAJ/P, 211-2009-GR-CAJ/P, de acuerdo a lo que se indica a continuación:

Artículo Segundo: Rectificar el error material del anexo de la Resolución Ejecutiva Regional № 057-2009-GR-CAJ/P, al haber consignado como genérica del gasto 6.5 siendo lo correcto 2.6

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Jueves, 2 Julio 2009 - 12:32pm

ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, el Adicional de Obra N° 03, por Sistema Hidroneumático. Por el monto de S/ 14 222.84 nuevos soles; representando un porcentaje de incidencia de 0.70% del monto total del contrato original, solicitado por el Consorcio Barba Uribe Ingenieros, para la ejecución de la obra: "Construcción y Equipamiento del Centro Materno Infantil Chilete".

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR, el Deductivo Vinculante de Obra № 02, por Tanque Elevado de Concreto Armado, por el monto de S/. 42 801.85 nuevos soles, representando un porcentaje de incidencia de -2.12% del monto total del contrato original, solicitado por el Consorcio Barba Uribe Ingenieros, para la ejecución de la obra: "Construcción y Equipamiento del Centro Materno Infantil Chilete".

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