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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Lunes, 31 Mayo 2010 - 10:18am

Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha a la señora CERNA CABRERA PERPETUA INES con el cargo de Administradora, como nueva responsable TITULAR en ^reemplazo del señor CACERES MACHICAO MARIO EDUARDO, para el manejo de las diferentes cuentas bancarias aperturadas a nombre de la Unidad Ejecutora 100 REGION AJAMARCA - AGRICULTURA CAJAMARCA, con número de identificación 000779 ara el Ejercicio Fiscal 2010, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley.

Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo señalado en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios responsables del manejo de las diferentes Cuentas Bancarias de la antes mencionada Unidad Ejecutora vigente a partir de la fecha indicada en el artículo precedente es como sigue: ver adjunto

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Viernes, 28 Mayo 2010 - 10:21am

Artículo Primero.- Aprobar la Desagregación de los recursos financieros aprobados mediante Decreto Supremo N° 114-2010-EF, a favor de la Unidad Ejecutora 001 Sede Cajamarca conformante del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, el monto de S/. 8” 250, 393.00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; para atender el pago de las deudas por concepto del beneficio establecido en el Decreto de Urgencia N° 037-94 que cuentan con sentencia judicial en calidad de cosa juzgada; de acuerdo al anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a la Unidad Ejecutora que corresponda para que elaboren A las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como 2] consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Viernes, 28 Mayo 2010 - 10:27am

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de $0.Administración, TRANSFIERA de acuerdo a ley, al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, fondos hasta por la suma de: NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES ( SÁ 99,619.00) para las Direcciones Regionales Rindentes de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Cajamarca, correspondiente al Calendario de Pagos del mes de Mayo del 2010, para el pago del Incentivo Laboral para Funcionarios y servidores de la Unidad Ejecutora 001 Sede Gobierno Regional Cajamarca, correspondiente al mes de mayo del presente año, y que estén comprendidos en el .S. Nº 276 y que a continuación se detallan: ver adjunto.

ARTÍCULO SEGUNDO: LA DISTRIBUCION, ¿fe /os Incentivos Laborales se efectuarán a través del CAFAE, con el apoyo de cada Sistema Administrativo de la Sede del Gobierno Regional en aplicación del Decreto de Urgencia N° 088-2001, Novena Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley general del Sistema Nacional de Presupuesto, y a la Directiva que norma el procedimiento para la aplicación del incentivo laboral en la Unidad Ejecutora 001 Sede Central del Gobierno Regional de Cajamarca; así mismo, el Comité de administración de Fondos de Asistencia y Estimulo - CAFAE, es el encargado de la administración de los fondos, la Oficina Control Institucional será la encargada de cautelar el cumplimiento de lo transferido.

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Viernes, 28 Mayo 2010 - 11:52am

Artículo 1o.- Aprobar la modificación de Calendario de Compromisos Institucional correspondiente al mes de Mayo del Año Fiscal 2010, del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ejecutiva.

Artículo 2°.- La modificación de Calendario de Compromisos Institucional aprobada por la presente Resolución no autoriza, ni convalida actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras de: Educación Cutervo, Salud Cajamarca, Salud Jaén y Hospital Cajamarca, del Gobierno Regional de Cajamarca que no se ciñan a la normatividad vigente, en el marco de lo establecido en el numeral 30.3 del artículo 309 de la Ley NQ 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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Jueves, 27 Mayo 2010 - 11:56am

ARTÍCULO PRIMERO.- RENOVAR el DESTAQUE por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Ginecología y Obstetricia, con efectividad del 01 enero hasta el 31 de diciembre del 2010, al Dr. MIGUEL AUGUSTO ZUMAETA RODRIGUEZ, servidor nombrado en el cargo de Médico, Nivel Remunerativo M-1 del Hospital de Apoyo "Nuestra Señora del Rosario" de la Red V de Servicios de Salud Cajabamba de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional CAJAMARCA, al Instituto Nacional Materno Perinatal del Ministerio de Salud- LIMA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el Dr. Miguel Augusto ZUMAETA RODRIGUEZ, al finalizar el Residentado Médico retornará a su sede de origen, debiendo permanecer en ésta obligatoriamente por un tiempo mínimo similar al de su formación, bajo responsabilidad administrativa.

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Jueves, 27 Mayo 2010 - 12:00pm

ARTÍCULO PRIMERO.- DESTACAR por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Gastroenterologia, con efectividad del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2010, al Dr. ROMY GIANCARLO CORDOVA LOPEZ, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 en el Centro de Salud Pucara de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital Nacional "Almanzor Aguinaga Asenjo" ESSALUD LAMBAYEQUE.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el Dr. ROMY GIANCARLO CORDOVA LOPEZ, al finalizar el Residentado Médico retornará a su sede de origen, debiendo permanecer en ésta obligatoriamente por un tiempo mínimo similar al de su formación, bajo responsabilidad administrativa.

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Jueves, 27 Mayo 2010 - 12:03pm

ARTÍCULO PRIMERO.- DESTACAR por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Gineco Obstetricia, con efectividad del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2010, al Dr. JOSE ALBERTO CONTRERAS VILLARREAL, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 de la Red V de Servicios de Salud Cajabamba de la Dirección Regional de Salud Cajamarca del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital Nacional Docente Madre Niño "San Bartolomé" del Ministerio de Salud - LIMA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el Dr. José Alberto CONTRERAS VILLARREAL, al finalizar el Residentado Médico retornará a su sede de orígen, debiendo permanecer en ésta obligatoriamente por un tiempo mínimo similar al de su formación, bajo responsabilidad administrativa. ARTÍCULO TERCERO.- Dejar establecido que, de existir déficit en la prestación de los servicios públicos a consecuencia de la carencia de personal por destaque; el titular de la entidad o dependencia que emitió el informe favorable, asumirá las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar.

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