ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTICULO PRIMERO.- DELEGAR en el GERENTE GENERAL REGIONAL, adicionalmente a las funciones inherentes a su cargo, las siguientes funciones: (Ver archivo adjunto)
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ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la DESIGNACIÓN de la ABOG. ZARELA VÁSQUEZ GÓMEZ, en el cargo de confianza de SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA, nivel remunerativo F-3, dándole las gracias por los importantes servicios prestados, dejándose sin efecto la designación dispuesta en el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 89-2018-GR.CAJ/GR, de fecha 09 de marzo de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR, a partir del 01 de agosto de 2018, a la ABOG. MARÍA ELENA PAREDES PRADO, en el cargo de confianza de SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA, nivel remunerativo F-3, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, y con efectos remunerativos a partir de su alta en la SUNAT.
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ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR ACEPTADA la renuncia formulada por el Abg. MARCO ANDRÉS ÁVALO VILLARREAL, al cargo de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA del Gobierno Regional Cajamarca, nivel remunerativo F-6, en atención a la Carta de renuncia con registro MAD N° 4022681.
ARTÍCULO SEGUNDO: DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la DESIGNACIÓN del Abg. MARCO ANDRÉS ÁVALO VILLARREAL, al cargo de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA del Gobierno Regional Cajamarca, nivel remunerativo F-6, dándole las gracias por los importantes servicios prestados, dejándose sín efecto la designación dispuesta en el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 358-2017-GR.CAJ/ GR, de fecha 02 de agosto de 2017.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a partir de la fecha, hasta que se designe nuevo funcionario, la DIRECCIÓN REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA del Gobierno Regional Cajamarca, al Abog. JAVIER ANTONIO CUSQUISIBÁN MOSQUERA, con las atribuciones y responsabilidades propias al cargo.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Yerba Buena, ubicado en las coordenadas UTM: 765751 m E y 9217865 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito Cajamarca, Provincia Cajamarca y Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Pampa Verde, ubicado en las coordenadas UTM: 708884 m E y 9435592 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito Namballe, Provincia San Ignacio y Departamento de Cajamarca.
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario a favor de la Unidad Ejecutora: 306 Educación UGEL Cajabamba, por un monto de S/299,000.00 (Doscientos Noventa y Nueve Mil con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias; distribuidos de acuerdo al anexo que forman parte de la presente Resolución.
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Saldos de Balance a favor de las Unidades Ejecutoras del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por un monto de S/1,120,750.00 (Un Millón Ciento Veinte Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 583.00 (Quinientos Ochenta y Tres con 00/100 Soles)y en la fuente de financiamiento: Recursos Determinados por el monto de S/ 43,848.00 (Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles), con la finalidad de financiar actividades programadas para el presente año fiscal; distribuido de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente Resolución.
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