ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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Artículo Primero.- ACEPTAR la donación proveniente de FONCREAGRO, la misma que está referida a dos (02) Camionetas y siete (07) Motocicletas, bienes valorizados en S/. 177,130.80, al tipo de cambio de la fecha de factura y S/. 86,450.00, respectivamente. Las características y valor unitario de dichos bienes se encuentran detalladas en el Informe Técnico Legal Nº 005-2011-GR.CAJ/DRA-D.PAT. emitido por la Dirección de Patrimonio, quien se encargará del Trámite de alta para la incorporación de dichos bienes al patrimonio de la Unidad Ejecutora - Sede del Gobierno Regional de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, al Ing. GILMER ANTONIO MUÑOZ ESPINOZA Sub Gerente de Gestión del Medio Ambiente, como representante del Gobierno Regional de Cajamarca, ante el Consejo Interregional de Recursos Hídricos de Cuenca del Río Chicama.
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ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER al Equipo Técnico para la "Elaboración del Programa Regional de Población", liderados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social a través de la Sub Gerencia de Asuntos Poblacionales, el mismo queda integrada por los siguientes miembros:
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ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, como tercer Miembro del Comité de Saneamiento Contable al Sr. JULIO IVÁN GAITÁN VALQUI, en su calidad de Director de Abastecimientos, en reemplazo del Sr. José Carlos Alcántara Espino; quedando conformado dicho Comité, según se detalla:
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan de Desarrollo de Personas PDP-Quinquenal, correspondiente al periodo 2012-2016.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE, el Recurso Administrativo de Reconsideración, interpuesto por el señor VICTOR LOAYZA TASAYCO, contra la decisión administrativa contenida en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 532-2011-GR.CAJ/P, de fecha 10 de octubre de 2011, al estar acreditada la comisión de faltas administrativas tipificadas en el artículo 28 inciso a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 y por los considerandos expuestos en la presente Resolución; debiéndose redicir la sanción originariamente impuesta de cese temporal de tres (03) meses a (40) días; dándose por agotada la via administrativa.
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Artículo Primero.- Aprobar una Modificación Presupuestal entre Unidades Ejecutoras en el Nivel Funcional Programático del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, entre las Unidades Ejecutoras de: 001 Sede Cajamarca y la Unidad Ejecutora: 305 Educación UGEL Santa Cruz, en la fuente de financiameinto: Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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