ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR al DR. MARCO B. GAMONAL GUEVARA, Gerente Regional de Desarrollo Social, para que en representación del Gobierno Regional Cajamarca, participe en la conformación del CLAS.
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ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, la prestación Adicional por el monto de s/. 24,150.00 (Veinticuatro Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles); que representa el 25% del monto del contrato original consistente en 21 Set de Legrado Puerperal, solicitado por la Gerencia de Desarrollo Social para la ejecución del Contrato Nº 007-2012-GR.CAJ-DRA — ADP N° 09-2012-GR.CAJ, en el Proyecto: "Disminución de Mortalidad Materna Infantil en la Región Cajamarca"; a OPEN MEDIC S.A.C a fin de que se pueda atender los requerimientos que se tienen a la fecha y mantener de esta manera una capacidad de respuesta y atención adecuada y oportuna, y que se continúan presentando para su evaluación y apoyo.
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ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, la prestación Adicional por el monto de s/. 29,600.00 (Veintinueve Mil Seiscientos con 00/100 Nuevos Soles); que representa el 25% del monto del contrato original consistente en 05 Camillas para parto Vertical, solicitado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social para la ejecución del Contrato Nº 90-2012-GR.CAJ-DRA — AMC N° 40-2012-GR.CAJ Primera Convocatoria, Item, Paquete 3,derivada de la ADP Nº 009-2012-GR.CAJ, en el Proyecto: "Disminución de la Mortalidad Materna Infantil en la Región Cajamarca"; a BERAMED E.I.R.L a fin de que se pueda atender los requerimientos que se tienen a la fecha y mantener de esta manera una capacidad de respuesta y atención adecuada y oportuna, y que se continúan presentando para su evaluación y apoyo.
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca. concilie conforme a Ley, con el Consorcio San Juan ante el Centro de Conciliación "La Solución", respecto del Contrato de obra N° 001-2011-GR.CAJ - "Reconstrucción I.E Chuco", debiéndose tener en cuenta lo señalado en el Informe N° 084-2012-GR.CAJ-GRI/SGSL; con cargo a dar cuenta a la Junta de Gerentes, en su sesión próxima.
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Artículo Primero: Autorícese una Transferencia de Partidas, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca por la suma de s/.3,112,500.00 (Tres Millones Ciento Doce Mil Quinientos Con 00/100 Nuevos Soles), distribuidos de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 400-Salud Cajamarca la suma de s/.934,500.00 (Novecientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 401-Salud Chota la suma de s/.491,500.00 (Cuatrocientos Noventa y Un Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 402-Salud Cutervo la suma de s/.378,000.00 (Trescientos Setenta y Ocho Mil Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 403- Salud Jaén, la suma de s/.514,000.00 (Quinientos Catorce Mil Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 404-Hospital Cajamarca, la suma de s/.613,500.00 (Seiscientos Trece Mil Quinientos Con 00/100 Nuevos Soles), 405-Unidad Ejecutora Hospital General Jaén, la suma de s/.181,000.00 (Ciento Ochenta y Un Mil Con 00/100 Nuevos Soles, en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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Artículo Primero: Autorícese una Transferencia de Partidas, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca por la suma de s/.355,100.00 (Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Cien con 00/100 Nuevos Soles), distribuidos de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 300-Educación Cajamarca la suma de s/.132,200.00 (Ciento Treinta y Dos Mil Doscientos Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 301-Educación Chota la suma de s/.58,550.00 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 307-Educación UGEL Bambamarca la suma de s/.1,250.00 (Mil Doscientos Cincuenta Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 303- Educación Jaén, la suma de s/.57,650.00 (Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Cincuenta Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 304-Educación San Ignacio, la suma de s/.65,700.00 (Sesenta y Cinco Mil Setecientos Con 00/100 Nuevos Soles), 305- Educación UGEL Santa Cruz, la suma de s/.1,100.00 (Mil Cien Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 309- Educación UGEL- Cajamarca la suma de s/.4,150.00 (Cuatro Mil Ciento Cincuenta Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 310-Educacion UGEL San Marcos, la suma de s/.500.00 (Quinientos Con 00/100 Nuevos Soles), 312-Educación UGEL San Miguel, la suma de s/.34,000.00 (Treinta y Cuatro Mil Con 00/100 Nuevos Soles) para financiar el pago de asignaciones económicas excepcionales por concepto de desplazamiento y logros para docentes del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente PRONAFCAP, en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, aprobados mediante Decreto Supremo N° 295-2012-EF, por la suma de s/.49,516.00 (Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Dieciséis Con 00/100 Nuevos Soles), distribuidos de la siguiente manera: a la Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca la suma de s/.17,342.00 (Diecisiete Mil Trescientos Cuarenta y Dos Con 00/100 Nuevos Soles); a la Unidad Ejecutora 401 Salud Chota la suma de s/.12,843.00.00 (Doce Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 402 Salud Cutervo la suma de s/.4,268.00 (Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Ocho Con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 403 Salud Jaén la suma de s/ 6,493 (Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Tres Con 00/100 Nuevos Soles); a la Unidad Ejecutora 404 Hospital Cajamarca la suma de s/.6,456.00 (Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis Con 00/100 Nuevos Soles); a la Unidad Ejecutora 405 Hospital General Jaén la suma de s/ 2,114.00 (Dos Mil Ciento Catorce Con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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