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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Lunes, 4 Marzo 2013 - 7:51am

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Adicional de Obra N° 03, por el monto de Setenta y Tres Mil chocientos Setenta y Dos con 18/100 Nuevos Soles - (S/. 73,872.18 Nuevos Soles) -; que representa como porcentaje de incidencia el 4.81% del monto total del contrato original, solicitado por el contratista ejecutor Consorcio Audryvic, para la ejecución de la obra denominada: "RECONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA DE LA I.E. SM SIMÓN BOLIVAR - SAN MIGUEL"; teniendo como causal situaciones imprevisibles, según lo descrito por el Sétimo Considerando de la presente resolución y lo demás expuesto.

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Lunes, 4 Marzo 2013 - 11:12am

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional N° 069-2013-GR-CAJ/P de fecha 05 de febrero de 2013, respecto únicamente del representante de la Alta Dirección de la COMISIÓN encargada de realizar las investigaciones e identificación de responsabilidades sobre la falta de los Bienes Muebles del Gobierno Regional Cajamarca, debiendo dicha comisión tener en cuenta el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Patrimonio; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución; el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

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Lunes, 4 Marzo 2013 - 11:03am

ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA, con efectividad a partir del 28 de Febrero de 2013, la delegación del Abg. César Augusto Aliaga Díaz, como representación de la Presidencia del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE de la Sede del Gobierno Regional de
Cajamarca.

ARTÍCULO SEGUNDO: DELEGAR, con efectividad a partir del día 01 de Marzo del año 2013 al Abg. Glenn Joe Serrano Medina, la representación de la Presidencia del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, por lo expuesto, en la parte considerativa de la presente Resolución.

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Lunes, 4 Marzo 2013 - 10:59am

ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que, en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca, se apersone en calidad de Litisconsorte Coadyuvante de la Municipalidad Provincial de San Pablo, en el Proceso de Amparo - Expediente N° 23031-2007, que se encuentra tramitándose por ante el 29 Juzgado Civil de Lima y brinde una colaboración procesal a dicha Entidad.

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Lunes, 4 Marzo 2013 - 10:55am

Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Adelanto de Saldos de Balance a favor de las Unidades Ejecutoras de: 400 Salud Cajamarca por el monto de s/.150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 401 Salud Chota por el monto de s/.486,090 (Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Noventa con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 402 Salud Cutervo por el monto de s/.110,000.00 (Ciento Diez Mil con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 403 Salud Jaén por el monto de s/.148,725.00 (Ciento Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Veinticinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 404 Hospital Cajamarca por el monto de s/.128,232.00 (Ciento Veintiocho Mil Doscientos Treinta y Dos -con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 405 Hospital Jaén por el monto de s/.270,000.00 (Doscientos Setenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias; recursos que servirán para el apoyo Presupuestario al Programa Estratégico Articulado Nutricional en el Marco del Convenio EUROPAN; de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente Resolución.

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Jueves, 28 Febrero 2013 - 8:33am

Artículo Primero: Autorícese una Transferencia de Partidas, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por la suma de suma de s/.66,014,961.00 (Sesenta y Seis Millones Catorce Mil Novecientos Sesenta y Uno Con 00/100 Nuevos Soles), distribuidos de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 300 Educación Cajamarca la suma de s/.5'174,299.00 (Cinco Millones Ciento Setenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Nueve Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 301 Educación Chota la suma de s/.8,087,530.00 (Ocho Millones Ochenta y Siete Mil Quinientos Treinta Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 302 Educación Cutervo la suma de s/.6,443,641.00 (Seis Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Uno Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 303 Educación Jaén, la suma de s/.7,148,356.00 (Siete Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Trescientos Cincuenta y Seis Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 304 Educación San Ignacio la suma de s/.4,526,299.00 (Cuatro Millones Quinientos Veintiséis Mil Doscientos Noventa y Nueve Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Santa Cruz la suma de s/.3,351,808.00 (Tres Millones Trescientos Cincuenta y Un Mil Ochocientos Ocho Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 306 Educación UGEL Cajabamba la suma de s/.2,389,281.00 (Dos Millones Trescientos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y Uno Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 307 Educación UGEL Bambamarca la suma de s/.3,235,258.00 (Tres Millones Doscientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Ocho Con 00/100 Nuevos Soles),Unidad Ejecutora 308 : Educación UGEL Celendín la suma de s/.3931,768.00 (Tres Millones Novecientos Treinta y Un Mil Setecientos Sesenta y Ocho Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 309 Educación UGEL Cajamarca la suma de s/.13,236,998.00 (Trece Millones Doscientos Treinta y Seis Mil Novecientos Noventa y Ocho Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 310 Educación UGEL San Marcos, la suma de s/.2,184,479.00 (Dos Millones Ciento Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Nueve Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 311 Educación UGEL Contumazá la suma de s/.2,332,727.00 (Dos Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Setecientos Veintisiete Con 00/100 Nuevos Soles), Unidad Ejecutora 312 Educación UGEL San Miguel la suma de s/.2,744,178.00 (Dos Millones Setecientos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Setenta y Ocho Con 00/100 Nuevos Soles) y a la Unidad Ejecutora 313 Educación UGEL San Pablo la suma de s/.1228,339.00 (Un Millón Doscientos Veintiocho Mil Trescientos Treinta y Nueve Con 00/100 Nuevos Soles) , en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.

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Miércoles, 27 Febrero 2013 - 11:17am

Artículo Primero: Modificar los anexos de la RER Nº 444-2012-GR-CAJ/P, para las Unidades Ejecutoras: 402 Salud Cutervo, 403 Salud Jaén, 404 Hospital Cajamarca y 405 Hospital Jaén, quedando redactado de acuerdo al siguiente detalle:

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