ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTICULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Palmapampa, ubicado en las coordenadas UTM 693784 mE 9407305 mN, Datum: WGS84, Zona - 7 7 Sur, jurisdicción del Distrito Tabaconas, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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ARTICULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Corralpampa, ubicado en las coordenadas UTM 808187 mE 9150824 mN, Datum: WGS84, Zona 11 17 Sur, jurisdicción del Distrito Cachachi, Provincia Cajabamba, Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Liquidación Técnica y Financiera del Proyecto "DISMINUCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTIL CON ÉNFASIS EN EL INCREMENTO DEL ACCESO DE LAS GESTANTES, MADRES, LACTANTES Y NIÑOS MENORES DE 03 AÑOS A LOS SERVICIOS DE SALUD EN LA REGIÓN CAJAMARCA" con Código SNIP N° 62037, por un monto de SI. 1, 976,169.35 (Un Millón Novecientos Setenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Nueve con 35/100 Nuevos Soles).
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca y conforme a Ley participe en el proceso de conciliación, a solicitar por el propio Gobierno Regional de Cajamarca a efectos de llegar a un acuerdo conciliatorio con el señor GUILLERMO ENRIQUE MAURICCI ORTEGA, ex coordinador de obra, FA VIO RAMIRO LIVAQUE ZORILLA, jefe de ingeniería de PROREGIÓN y CARLOS VIRGILIO DE QUEIROZ LOBATO , a efectos de arribar a un acuerdo conciliatorio respecto de la pretensión de pago que deben hacer a favor del Gobierno Regional de Cajamarca, por la suma de S/. 655,449.45 (Seiscientos Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve con 45/100 Nuevos Soles) por concepto de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INEJECUCIÓN DE OBLIGACIONES - RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL, A TÍTULO DE CULPA INEXCUSABLE, MÁS LOS INTERESES LEGALES QUE CORRESPONDA Y COSTAS DEL PROCESO, con cargo o dar cuenta a la Junta de Gerentes en su próxima sesión.
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ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR los nombres que conforman al Consejo Directivo del Consejo Regional de la Mujer — COREMU, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, en los términos siguientes:
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Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, a los señores DOMINGUEZ MATOS MARCO TULIO con el cargo de Administrador en reemplazo del señor HUAMAN MIRANDA MANUEL SANTIAGO y a la señora CHICOMA MORANTE JACKELINE VICTORIA con el cargo de Tesorera en reemplazo del señor GALVEZ QUEVEDO WILMER como nuevos responsables TITULARES para el manejo de las diferentes cuentas bancarias aperturadas a nombre de la Unidad Ejecutora 004 REGION CAJAMARCA — JAE N; con número de identificación 00778 para el Ejercicio Fiscal 2013, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley
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Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, a los señores DOMINGUEZ MATOS MARCO TULIO con el cargo de Administrador en reemplazo del señor HUAMAN MIRANDA MANUEL SANTIAGO y a la señora CHICOMA MORANTE JACKELINE VICTORIA con el cargo de Tesorera en reemplazo del señor GALVEZ QUEVEDO WILMER como nuevos responsables TITULARES para el manejo de las diferentes cuentas bancarias aperturadas a nombre de la Unidad Ejecutora 004 REGION CAJAMARCA — JAE N; con número de identificación 00778 para el Ejercicio Fiscal 2013, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley
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