ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el monto pendiente de pago al 31 de diciembre de 2011, a favor de los servidores activos y cesantes, a quienes se les ha reconocido el derecho a recibir la bonificación a que se refiere el Decreto de Urgencia N°. 037-94, que a continuación se detalla:
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Siete de Agosto, ubicado en las coordenadas UTM 721517 mE 9448486 mN, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San José de Lourdes, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Misa Cantora, ubicado en las coordenadas UTM 724489 mE 9454986 mN, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San José de Lourdes, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Dorado del Oriente, ubicado en las coordenadas UTM 722883 mE 9451714 mN, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San José de Lourdes, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Alto Dorado, ubicado en las coordenadas UTM 723758 mE 9451928 mN, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San José de Lourdes, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Resolución de Modificación Presupuestal entre Unidades Ejecutoras del Pliego 445: Gobierno Regional de Cajamarca, transfiriendo de la Unidad Ejecutora: 005 (1335) PROREGION a la Unidad Ejecutora: 100 (779) Agricultura el monto de s/.4'000,000 (Cuatro Millones con 00/100 nuevos soles), en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, con la finalidad de realizar acciones que conlleven a contrarrestar los efectos de la Roya Amarilla;
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ARTÍCULO PRIMERO . - APROBAR, en vía de regularización, la baja por causal de Excedencia de un (01) bien de activo fijo valorizado en S/. 449.39 y su depreciación acumulada de S/. 448.39, al mes de octubre del presente año 2013; así como de seis (06) bienes no depreciables valorizados en S/.177.03, bienes cuyas características se detallan en los Anexos adjuntos al expediente, tal como se desprende de los Considerandos que sustentan la presente Resolución y a lo recomendado con el Informe Técnico Legal N° 30-2013, emitido por la Dirección de Patrimonio.
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