ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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Artículo Primero: Aprobar la conformación de la Junta Directiva del Consejo Participativo Regional de Educación - Cajamarca (COPARE-CAJ), Periodo 2014 - 2015, la misma que estará integrado por los siguientes miembros:
Lic. Félix José Silva Urbano — Director Regional de Educación de Cajamarca. | Presidente |
Prof. César Albino !drogo Mires — Decano del Colegio de Profesores del Perú - Sede Cajamarca. | Vicepresidene |
Prof. Humberto Boñón Chegne — Representante Regional del SUTEP Cajamarca. | Secretario |
Lic. Maria Doris Altamirano Gonzales — Especialista del Centro de Recursos de la DRE Cajamarca. | Secreataria de economía |
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Artículo Primero: Autorícese una Transferencia de Partidas, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por la suma total de S/. 1' 387, 741.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Uno con 00/100 Nuevos Soles), distribuidos de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 309 Educación UGEL Cajamarca, la suma de S/. 533,657.00 (Quinientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Cincuenta y Siete con 00/100 Nuevos Soles); Unidad Ejecutora 302 Educación Cutervo, la suma de S/. 124,864.00 (Ciento Veinticuatro Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles); Unidad Ejecutora 303 Educación Jaén, la suma de S/.354,628.00 (Trescientos Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Veintiocho con 00/100 Nuevos Soles); Unidad Ejecutora 304 Educación San Ignacio, la suma de S/.249,728.00 (Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Veintiocho con 00/100 Nuevos Soles) y Unidad Ejecutora 306 Educación UGEL Cajabamba, la suma de S/. 124,864.00 (Ciento Veinticuatro Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles); en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; para financiar lo dispuesto en la Nonagésima Noventa Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 (Financiamiento de plazas docentes y actividades de educación física); de acuerdo al anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO.- RENOVAR el DESTAQUE, por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de PEDIATRIA, con efectividad del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2014, al Dr. VICTOR LOAYZA TASAYCO, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 del Centro de Salud "Angash", del CLAS Cochalán de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital Nacional "María Auxiliadora" del Ministerio de Salud - LIMA.
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ARTÍCULO PRIMERO.- RENOVAR el DESTAQUE, por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Pediatría, con efectividad del 01 de enero hasta el 30 de junio de 2014, al Dr. LUIS ALEXANDER CANELO DAVILA, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 del Hospital San Javier de Bellavista de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca, al Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud LIMA.
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca y conforme a Ley participe en el proceso de conciliación, solicitado por el Contratista CONSORCIO INGENIERIA, respecto de la controversia surgida como consecuencia del contrato N° 012-2013-GR.CAJ-GGR, para la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto:.......
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca y conforme a Ley participe en el proceso de conciliación, solicitado por el Contratista CONSORCIO LAMBAYEQUE, respecto de la controversia surgida como consecuencia del contrato N° 035-2013-GR.CAJ-GGR, para la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto:.......
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ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 606-2013-GR-CAJ/P de fecha 21 de octubre de 2013.
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