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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Lunes, 13 Julio 2015 - 4:15pm

ARTICULO
PRIMERO.- APROBAR la Liquidación Técnico Financiera del Proyecto denominado:"ELECTRIFICACIÓN RURAL CASERÍO DE CERRO BLANCO — SAN PABLO — CAJAMARCA",con Código SNIP 52511; por el monto de SI. 220,741.10 (Doscientos Veinte Mil Setecientos Cuarenta y Uno con 101100 Nuevos Soles), según lo informado
por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones; cuyos informes técnicos forman parte integrante de la presente resolución.

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Viernes, 10 Julio 2015 - 4:11pm

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Liquidación del CONVENIO DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA: "RESIDENCIA UNIVERSITARIA — UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA", suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Universidad Nacional de Ingeniería, por el monto de SI. 60,000.00 (Sesenta mil con 001100 Nuevos Soles), según el Informe Técnico N°058-2015-GR.CAJ-GRI/SGSL-RMS.

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Viernes, 10 Julio 2015 - 4:06pm

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la NULIDAD de Oficio del Contrato formalizado y perfeccionado con la Orden de Compra N° 373, de fecha 05 de junio de 20151 notificada a favor de la Empresa HyM Almacenes Generales S.R.L., correspondiente al proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía N° 0008-2015-GR.CAJ — Primera Convocatoria, cuyo objeto es la "Adquisición de Licencias de Software Office Estándar 2013 para la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca”, por contravenir normas expresas establecidas en el literal a) del Artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el Literal j) del Artículo 10° del mismo cuerpo normativo; siendo por tanto los actos celebrados del presente contrato, nexistentes e incapaces de producir efectos; determinándose la inexigibilidad de las obligaciones previstas en éste.

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Jueves, 9 Julio 2015 - 4:01pm

Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud,autorizada mediante la Resolución Jefatural N° 140-2015/SIS, por el monto de S/.3'367,044.00 (Tres Millones Trescientos Sesenta y Siete Mil Cuarenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles),en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias, distribuido de acuerdo al siguiente detalle: a la Unidad Ejecutora: 400 Salud Cajamarca el monto de S/. 102,963.00 (Ciento Dos Mil Novecientos Sesenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:401 Salud Chota el monto de S/. 6,402.00 (Seis Mil cuatrocientos Dos con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 402 Salud Cutervo el monto de S/.142,065.00 (Ciento Cuarenta y Dos Mil Sesenta y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:403 Salud Jaén el monto de S/. 6,398.00 (Seis Mil Trescientos Noventa y Ocho con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 404 Hospital Cajamarca el monto de S/. 2'516,715.00 (Dos Millones Quinientos Dieciséis Mil Setecientos Quince con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 405 Hospital General de Jaén el monto de S/. 186,409.00 (Ciento Ochenta y Seis Mil Cuatrocientos Nueve con 00/100 Nuevos Soles) y a la Unidad Ejecutora: 406 Hospital José Soto Cadenillas el monto de S/. 406,092.00 (Cuatrocientos Seis Mil Noventa y Dos con 00/100 Nuevos Soles); de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente Resolución.

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Lunes, 6 Julio 2015 - 3:56pm

Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 178-2015-EF, a favor del Gobierno Regional de Cajamarca, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública, de acuerdo a lo siguiente: a favor de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Cajamarca por un monto de S/.114,666.00 (Ciento Catorce Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad
Ejecutora: 003 Cutervo por el monto de S/.2'565,153.00 (Dos Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles) y para la Unidad Ejecutora: 004 Jaén el monto de S/.2'790,929.00 (Dos Millones Setecientos Noventa Mil Novecientos Veintinueve con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.

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Lunes, 6 Julio 2015 - 4:55pm

Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 162-2015-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación, para financiar el pago de la Remuneración Íntegra Mensual a los profesores reubicados en la Carrera Pública Magisterial, por un monto de /.7'106,378.00.00 (Siete Millones Ciento Seis Mil Trescientos Setenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles),distribuido de acuerdo al siguiente detalle: a la Unidad Ejecutora: 301 Educación Chota por el monto de S/.998,686.00 (Novecientos Noventa y Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:302 Educación Cutervo por el monto de S/.1'142,585.00 (Un Millón Ciento Cuarenta y Dos Mil Quinientos Ochenta y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:303 Educación Jaén por el monto de S/.919,258.00 (Novecientos Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:304 Educación San Ignacio por el monto de S/.534,663.00 (Quinientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:305 Educación Santa Cruz por el monto de 5/.107,488.00 (Ciento Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:306 Educación Cajabamba por el monto de S/.464,503.00(Cuatrocientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 307 Educación Bambamarca por el monto de S/.480,022.00 (Cuatrocientos Ochenta Mil Veintidós con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:308 Educación UGEL Celendín por el monto de S/.167,352.00 (Ciento Sesenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:309 Educación UGEL Cajamarca por el monto de S/.1'277,800.00 (Un Millón Doscientos Setenta y Siete Mil Ochocientos con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 310 Educación UGEL San Marcos por el monto de S/.267,693.00 (Doscientos Sesenta y Siete Mil Seiscientos Noventa y Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 311 Educación UGEL Contumazá por el monto de 5/.278,989.00 (Doscientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Ochenta y Nueve con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:312 Educación UGEL San Miguel por el monto de 5/.341,847.00 (Trescientos Cuarenta y Un Mil Ochocientos Cuarenta y Siete con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 313 Educación UGEL San Pablo por el monto de S/.125,492.00 (Ciento Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Dos con 00/100 Nuevos Soles); de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente resolución.

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Lunes, 6 Julio 2015 - 4:52pm

Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Saldos de Balance a favor de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Cajamarca por un monto de S/.888,264.00 (Ochocientos Ochenta y Ocho Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Donaciones y
Transferencias y por un monto de 5/.191,786.00 (Ciento Noventa y Un Mil Setecientos Ochenta y Seis con
00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Determinados, en la fuente de financiamiento: Recursos Determinados, de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente Resolución.

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