ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Directiva N° 13 -2016-GR.CAJ-DRA/DA "Lineamientos para la Gestión de las Actuaciones Preparatorias en la Contratación de Bienes, Servicios, Consultorías y Obras en el Gobierno Regional de Cajamarca", propuesta por la Dirección Regional de Administración
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por Nilo Román Romero en su condición de Secretario General del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Gerencial General Regional N° 261-2016-GR.CAJ/GGR, de fecha 18 de octubre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Además DECLÁRESE como ACTO FIRME la Resolución Gerencial General Regional N° 261 -2016-GR.CAJ/GGR, en todos sus extremos.
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Artículo Primero: Aprobar Crédito Suplementario a favor de las Unidades Ejecutoras: 403 Salud Cutervo y 404 Hospital Cajamarca, de acuerdo al siguiente detalle a favor de la Unidad Ejecutora: 403 Salud Cutervo por concepto de Saldos de Balance por un monto de S/ 19,872.00 (Diecinueve Mil Ochocientos Setenta y Dos con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, por un monto de S/ 733.00 (Setecientos Treinta y Tres con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias y por un monto de S/ 49.00 (Cuarenta y Nueve con 00/100 Soles),en la fuente de financiamiento: Recursos Determinados y a favor de la Unidad Ejecutora: 404 Hospital Cajamarca por un monto de S/270,133.00 (Doscientos Setenta Mil Ciento Treinta y Tres con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
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Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas, autorizada mediante Decreto Supremo N° 356-2016-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud, del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por un monto de S/ 4'128,736.00 (CUATRO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. de acuerdo al detalle de los anexos adjuntos, que forman parte de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Huar Huar, ubicado en las coordenadas UTM 779646 m E y 9192917 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San Juan, Provincia Cajamarca y Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, corno CASERIO al Centro Poblado Pueblo Nuevo, ubicado en las coordenadas UTM 776702 m E y 9194421 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San Juan, Provincia y Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el reporte "Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias" de fecha 20 de diciembre del 2016 que detalla a los responsables titulares y suplentes designados para el manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 400 Región Cajamarca — SALUD CAJAMARCA ; con número de identificación 00785 el cual forma parte integrante de la presente resolución.
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