ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR a la Procuradora Pública Regional del Gobierno Regional Cajamarca, para que en representación y defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional de Cajamarca conforme a Ley de inicio al procedimiento de conciliación extrajudicial con emplazamiento a - la Empresa BETOS’CAR SERVICE E.I.R.L., estableciendo como pretensión la recuperación de las camionetas de placa de rodaje A35860, A3K862, A3J937, EGU260 (antes PL4530), EGU262 (antes PL4531) y EGU261 (antes PL4529), de propiedad debidamente inscrita de PROREGION en las partidas 51848047, 51848065, 51846691 del Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Lima, y en las partidas 60522203, 60522204 y 60522202 del Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Cajamarca, respectivamente, asimismo, la devolución del monto ascendente a veintiséis mil doscientos uno con 65/100 soles (S/ 26 201.65) correspondiente al arreglo de la camioneta de placa rodaje A3K862 que nunca se efectuó más los intereses legales; y adicionalmente a ello el pago de una indemnización por daños ocasionados al impedir de modo ilegítimo el uso de los vehículos de placa rodaje A35860, A3K862, A3J937 (desde el 18 de noviembre de 2013), y los vehículos de placa rodaje EGU260 (antes PL4530), EGU262 (antes PL4531) y EGU261 (antes PL4529) (desde el 08 de noviembre de 2013), todo ello conforme se informa de los antecedentes del Oficio N° 306-2017-GR-CAJ/PROREGION/DE, de fecha 07 de marzo de 2017, emitido por el Director Ejecutivo de PROREGION; con cargo a dar cuenta a la Junta de Gerentes en su próxima sesión.
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario en mérito al Decreto Supremo N° 007-2017-MTC, con el cual el Ministerio Transportes y Comunicaciones, distribuye recursos a favor de la Unidad Ejecutora 200 Transportes, del Gobierno Regional de Cajamarca, por un monto de S/ 1'070,777.00 (UN MILLON SETENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES) distribuidos se acuerdo a lo siguiente: para la actividad 5001110 Promoción y Regulación de los Servicios de Telecomunicaciones el monto de S/ 265,703.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES CON 00/100) y para la actividad 5000942 Mantenimiento de Equipos el monto de S/ 805,074.00 (OCHOCIENTOS CINCO MIL SETENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.
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Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas en mérito al Decreto Supremo N° 050-2017-EF, en el cual el Ministerio de Economía y Finanzas, autorizó una Transferencia de Partidas a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación del Pliego Gobierno Regional de Cajamarca, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, por un monto de S/ 1'837,220.00 ( UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES), para financiar los Compromisos de Desempeño 2017 — Primer Tramo, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario en mérito a la Resolución Jefatural N° 037-2017/SIS, con la cual el Seguro Integral de Salud aprobó una transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud, del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, por un monto de S/ 1'525,195.00 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 00/100 Soles), correspondiente al mes de Marzo del presente año fiscal, en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERÍO al Centro Poblado Nuevo San Lorenzo, ubicado en las coordenadas UTM 733962 m E y 9437092 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito San José de Lourdes, Provincia San Ignacio y Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERÍO al Centro Poblado Los Robles, ubicado en las coordenadas UTM 720493 m E y 9440657 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito y Provincia San Ignacio y Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONFORMAR a partir de la fecha el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Sede Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en lo que respecta a los Miembros Suplentes representantes del Titular del Pliego GORECAJ, el cual quedará integrado, por los siguientes miembros:
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