ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTICULO PRIMERO: DESIGNAR como UNIDADES EJECUTORAS DE INVERSIONES en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a las siguientes Unidades:
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario a favor de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Central por un monto de S/ 246,246.00 (Doscientos Cuarenta y Seis Mil Doscientos Cuarenta y Seis con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, recursos provenientes de la transferencia realizada por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería-OSINERGMIN, por multas cobradas en el año fiscal 2016, distribuidos de acuerdo al anexo que forman parte de la presente Resolución;
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ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la LIQUIDACIÓN del CONVENIO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO A NIVEL DE ASFALTADO DE LA CARRETERA CAJAMARCA — CELENDIN — BALSAS, TRAMO II DEL KM. 26+000 AL KM. 52+000", suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Universidad Nacional de Ingeniería, según el Informe Técnico N° 11-2017-GR.CAJ-GRI/SGSL-RMS y de acuerdo al siguiente detalle:
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Liquidación Técnico Financiera del Proyecto denominado: "Mejoramiento del Canal de Irrigación Malvas II Etapa", con Código SNIP 103413; por el monto de SI. 4'645,951.55 (Cuatro Millones Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Cincuenta y Uno con 551/100 Soles), según lo informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones; cuyos informes técnicos forman parte integrante de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DELEGAR en el Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, la atribución para autorizar la paralización total de la ejecución de obras que venga ejecutando el Gobierno Regional de Cajamarca; dicha autorización se efectuará además para los contratos de ejecución de obras que han sido suscritas bajo los alcances de Decreto Legislativo N° 1017, modificada por la Ley N° 29873; y su reglamento aprobada mediante el Decreto Supremo N° 184-2008- EF, modificadas por el Decreto Supremo N° 138-2012-EF; dicha delegación incluye a las solicitudes de paralización que se hallen pendientes de decisión.
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ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR la CONFORMACIÓN de la COMISIÓN DE TRÁNSITO AL RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL del GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, designada por Resolución Ejecutiva Regional 300-2016-GR.CAJ/GR, de fecha 28 de junio de 2016, dejándose sin efecto las designaciones dispuestas, quedando conformada de la siguiente manera:
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ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material contenido en el Considerando Tercero, párrafo segundo y Considerando Sétimo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 200-2017-GR.CAJ/GR, de fecha 29 de marzo de 2017 en los siguientes extremos:
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