ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por don Andrés INGA HUAMAN, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 0076-2016-GR.CAJ/DIREPRO, de fecha 15 de noviembre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por doña Marleni BUSTAMANTE de BENITES, contra la Resolución Directoral Regional N° 269-2016-GR.CAJ/DRA, de fecha 17 de noviembre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, confírmese la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación planteado por el señor LUIS ALBERTO BECERRA CIEZA, contra la decisión administrativa contenida en la Resolución Directoral Regional N° 152-2016-GR.CAJ-DREM de fecha 23 de noviembre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por doña Janeth Milena REVILLA FUENTES, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 042-2016-GR.CAJ/DIREPRO, de fecha 31 de agosto de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Además DECLÁRESE como ACTO FIRME la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 042-2016-GR.CAJ/DIREPRO, en todos sus...
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ARTÍCULO PRIMERO: Declarar INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por el señor Roger Facundo Morales Alberca, contra la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 061-2016-GR.CAJ/DIREPRO de fecha 19 de setiembre de 2016; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; dándose por agotada la vía administrativa.
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