ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Prestación Adicional de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019; mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme porla Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto de la Prestación Adicional de Obra N° 02, de S/. 172,962.42 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 42/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 2.27%.
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR, el Deductivo Vinculante de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019, mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme por la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto Deductivo Vinculante de Obra N° 01, de S/.
95,026.34 (NOVENTA Y CINCO MIL VEINTISÉIS CON 34/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 1.25%.
ARTÍCULO TERCERO: APROBAR, el Presupuesto Adicional Neto de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019; mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme por la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto de la Prestación Adicional Neta de Obra N° 02, por el monto de S/.77,936.08 (SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 08/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 1.02%; el mismo que se encuentra dentro del margen establecido por la normatividad vigente aplicable.
ARTÍCULO CUARTO.- AUTORIZAR, la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N° 02 con Deductivo Vinculante de Obra N° 02, al contratista CONSORCIO CAJAMARCA, a partir del día siguiente de notificado con la presente resolución.
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