ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Nº 01, por 48 días calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO DIIISAC; y en mérito al pronunciamiento del Inspector de Obra Ing. Walter Celis Pérez, para la Ejecución de la Obra: "Instalación del Servicio de Energía mediante Redes Eléctricas para la Asociación de Vivienda Los Olivos de Columbo, Distrito y Provincia de Cajamarca — Departamento de Cajamarca"; en atención que la misma acredita la causal establecida en el Numeral 1) y 2) del Art. 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, "(i) atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista", ii) cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra solicitado por la Entidad. En este caso, el contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiera otorgado; conforme el sustento técnico expuesto precedentemente.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 3.45 MB |