ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a LA ENTIDAD para que formule y evalúe el los) proyecto(s) de inversión y/o apruebe la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de competencia municipal exclusiva, en concordancia con lo establecido por el artículo 45 de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
LA ENTIDAD, se compromete a formular el (los) proyecto(s) de inversión y/o aprobar la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
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