ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra servidor LUIS ALBERTO DÍAZ VILCA, quien se desempeña en el cargo de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el Artículo 259° inciso d) del TUO de la Ley N° 27111 Ley del Procedimiento Administrativo General- aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que prescribe: "d) Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo", por incumplimiento del Art. 113° del Reglamento de la Ley N° 30057, que establece: "La entidad se encuentra obligada a colaborar con los órganos encargados de conducir el procedimiento, facilitándoles los antecedentes y lainformación que soliciten, así como los recursos que precisen para el desarrollo de sus actuaciones"; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
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ROI N° 002-2018-GR.CAJ-GRI.pdf | 1.84 MB |