ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: ABSOLVER a la Profesora NORMA MADALI BARCO RUEDA, ex DIRECTORA DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, de la imputación de falta descrita en el artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: "Negligencia en el desempeño de funciones" por presunta trasgresión de lo previsto en el literal 0 de las funciones específicas del cargo de Director de la Aldea Infantil San Antonio contenido en su Manual de Organización y Funciones aprobado por Resolución Gerencial General Regional N° 067-2004-GR.CAJ/GGR, al no haberse identificado conducta infractora pasible de sanción; esto, en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa.
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