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ROI-001-2016-GR.CAJ.GGR

Viernes, 8 Enero 2016 - 12:19pm
Numero : 
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR NO HA LUGAR INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el Ex Gerente de Infraestructura, Ing. Antonio Gilberto MEDINA CENTURIÓN, por la presunta comisión de las faltas de carácter disciplinario descritas en el artículo 28° inciso a) del Decreto Legislativo N° 276 sobre: "Incumplimiento de normas establecidas en la presente ley y su Reglamento", por incumplir la obligación descrita en el artículo 21° literal d) del D. Leg. N° 276, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, DISPONIÉNDOSE en consecuencia el ARCHIVO DEFINITIVO de todo lo actuado.

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