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RAR-011-2015-GR.CAJ.DRA

Miércoles, 28 Enero 2015 - 4:26pm
Numero : 
11

ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 02, solicitada por la Empresa Contratista MAYSEPI E.I.R.L.; para el servicio de "Mantenimiento de Ambientes de la Aldea Infantil San Antonio"; al no contar con el sustento técnico señalado por la Inspectora de Obra y no cumplir con la fundamentación de la causal señalada en el numeral 2.) del Artículo 175° del RLCE, Atrasos o paralizaciones por causas no imputables al Contratista.

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