ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 04, por Cincuenta y Nueve (59) días calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO VIAL CONTUMAZÁ; para la ejecución de la obra "Mejoramiento de la Carretera CA — 101, Tramo: Empalme PE 1NF (Contumazá) — Yetón"; emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, por la causal señalada en el numeral 4.) del Artículo 200° del RLCE, motivada por la aprobación del Adicional de Obra N° 05, mediante Resolución N° 628-20014- GR.CAJ/P; la misma que no generará ningún pago de mayores gastos generales al contratista, debido a que estos están previstos en el presupuesto del Adicional de Obra N° 05 y al amparo de lo señalado en el primer párrafo del Artículo 202° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que establece que no corresponde pago de mayores gastos generales en los casos de obras adicionales que cuentan con presupuestos específicos.
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