ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 08, por Treinta (30) días calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO PALLÁN; para la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera EMP. PE - 3N (Bambamarca) - Atoshaico - Ramoscucho - La Libertad de Pallán - EMP. PE 8B (Celendín)"; emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, debido a que los hechos que la sustentan, como son la presencia de lluvias y sus efectos en el periodo del 02/12/2013 al 22/01/2014 no están debidamente probados.
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