ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Autorícese una Modificación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático, entre Unidades Ejecutoras, transfiriendo de la Unidad Ejecutora: 300 Educación Cajamarca el monto de S/4´972,707.00 (Cuatro Millones Novecientos Setenta y Dos Mil Setecientos Siete con 00/100 Nuevos Soles) a las Unidades Ejecutoras: 301 Educación Chota el monto de S/130,184.00 (Ciento Treinta Mil Ciento Ochenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 302 Educación Cutervo el monto de S/ 139,701.00 (Ciento Treinta y Nueve Mil Seetecientos Uno con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 303 Educación Jaén el monto de S/ 144,679.00 (Ciento Cuarenta Mil Aeiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 304 Educación San Ignacio el monto de S/167,075.00 (Ciento Sesenta y Siete Mil Setenta y Cinco con 00/100), a la Unidad Ejecutora 305 Educaicón Santa Cruz S/ 113,504.00 (Ciento Trece Mil Quinientos Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutra 306 Educación UGEL Cajabamba el monto de S/ 241,547.00 (Doscientos Cuarenta y Un Mil Quinientos Cuarenta y Siete con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 307 Educación Bambamarca el monto de S/129,647.00 (Ciento Mil Seiscientos Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamaiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presenete Resolución.
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