ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
El Decano de la Escuela de Pos Grado de la Universidad Nacional de Cajamarca, Nilton Deza Arroyo en entrevista a un programa televisivo local, afirmó categóricamente que no existe tecnología en el mundo para construir lagunas artificiales modernas, en alusión a lo dicho por el presidente Ollanta Humala. “Estoy seguro que los cajamarquinos no lo creen y seguirán firmes en su pedido para que Minera Conga se vaya de Cajamarca”, remarcó.
Para conocimiento de la población las lagunas artificiales o represas tienen un tiempo limitado de vida porque con el pasar de los años se llenará de sedimentos, mientras que las lagunas naturales se formaron durante miles de años y permanecerán en la naturaleza por siempre, agregó.
Nilton Deza Arroyo, señaló que al presidente Ollanta Humala ante la presión social del pueblo cajamarquino no le queda otra cosa que suspender definitivamente el proyecto Conga, oportunidad que le permitirá salir del arrinconamiento de la Confiep.
La protección de las cabecera de cuenca tiene el respaldo legal en el Artículo 75 de la ley de Recursos Hídricos -que a la letra dice- “La Autoridad Nacional de Agua (ANA) vela por la protección del agua incluyendo la conservación y protección de sus fuentes, ecosistemas y de los bienes naturales, además ejerce funciones de vigilancia y fiscalización con el fin de prevenir y combatir los efectos de la contaminación del mar, ríos y lagos.
Recordemos que el ministro del Ambiente hizo varias observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al indicar que la destrucción de las lagunas y bofedales será un daño irreversible al ecosistema, además no se consideró los daños que causará a las cuencas.
Deza Arroyo manifestó que los reclamos del pueblo respaldado por las autoridades municipales y del presidente, Gregorio Santos Guerrero, es justa porque cada quien ha asumido la responsabilidad de reclamar el derecho que le asiste legalmente en la protección de las fuentes hídricas que servirán para el consumo humano, agricultura y ganadería en el futuro.
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