ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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Por incumplir con las observaciones realizadas en dos visitas previas a la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos por la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DESA), la Municipalidad Provincial de Cajamarca tendrá que pagar una multa de 185 mil soles (50 UIT).
Sin perjuicio de sancionar civil y penalmente a los responsables, el órgano adscrito a la Dirección Regional de Salud de Cajamarca (DIRESA) emitió la Resolución Regional Sectorial 731en donde se explican los motivos de esta decisión.
En el documento se indica que el incumplimiento de la Ley 27314 que regula el tratamiento de los residuos sólidos. Entre las observaciones figuran la filtración de lixiviados, presencia de fuertes olores y proliferación de moscas, presencia de canes, ausencia de personal responsable, etc.
En un oficio dirigido al alcalde provincial Ramiro Bardales Vigo se le informa de esta sanción administrativa y se le recomienda “la subsanación urgente de las observaciones las cuales de no levantarse tendrán como consecuencia el colapso del relleno sanitario”.
Asimismo se agrega que esto implicaría “la comisión de una infracción de naturaleza muy grave la cual tendrá como sanción el cierre definitivo del mismo a efecto de cautelar la salud de la población de Cajamarca”.
Cabe mencionar que la Ley 27314 indica que “el manejo de residuos solidos –en este caso, por parte de la MPC- deberá ser sanitaria y ambientalmente adecuado con sujeción a los principios de prevención de impactos negativos y protección de la salud”.
De igual manera, según el Decreto Supremo 057-2004, la institución que regula a nivel regional la gestión de residuos es la DIRESA a través de la DESA por lo que esta medida se ajusta a la normativa vigente.
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