ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
CLAUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a EL GOBIERNO REGIONAL para que formule el Proyecto de Inversión Pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a formular el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
CLAUSULA QUINTA: DEL PROYECTO DE INVERSION PÚBLICA
El proyecto de Inversión Pública al que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio es el que se
detalla a continuación.
"MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) EN LAS LOCALIDADES DE SIVINGAN ALTO Y MEZTIZOPAMPA, DISTRITO DE CHOTA, PROVINCIA DE CHOTA - CAJAMARCA"
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CONVENIO N° 15-2017-GR.CAJ-G.PDF | 930.96 KB |
CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a EL GOBIERNO REGIONAL para que formule el Proyecto Inversión Pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45° de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a formular el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
CLAUSULA QUINNTA: DEL PROYECTO DE INVERSION PÚBLICA
El proyecto de Inversión Pública al que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio es el que se
detalla a continuación.
"MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) EN LAS LOCALIDADES DE UCHUCLACHULIT ALTO Y CHULIT BAJO, DISTRITO DE CHOTA, PROVINCIA DE CHOTA - CAJAMARCA"
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CLAUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a EL GOBIERNO REGIONAL para que formule el Proyecto de Inversión Pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45° de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a formular el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
CLAUSULA QUINTA: DEL PROYECTO DE INVERSION PÚBLICA
El proyecto de Inversión Pública al que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio es el que se
detalla a continuación.
"MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) EN LAS LOCALIDADES DE CONDORPULLANA Y EL UÑIGAN, DISTRITO DE CHOTA, PROVINCIA DE CHOTA - CAJAMARCA"
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CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DE LA ADENDA
El GOBIERNO REGIONAL, el ESSALUD y el SIS suscriben la presente Adenda con el objeto de:
2.1 Renovar por un plazo adicional de seis meses, contados a partir del 02 de setiembre de 2017, el Convenio Específico.
2.2 En lo sucesivo, el Convenio Específico se renovará previo acuerdo de partes, sujeto a la normatividad vigente
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CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO (CAD)
El CAD tiene como objeto establecer los compromisos de gestión, metas de cobertura y condiciones a lograr por el Gobierno Regional que lo suscribe, en el marco de las Prioridades de la Política Social y del Pacto Nacional para la Reducción de la Anemia y la Desnutrición Crónica Infantil; así como, los mecanismos para la asignación de los recursos del FED.
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