ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a LA ENTIDAD, para que formule y evalúe el proyecto de inversión pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45° de ley de bases de la descentralización y por el artículo 76° de la ley orgánica de municipalidades.
GOBIERNO REGIONAL (La Dirección Regional De Vivienda, Construcción Y Saneamiento), se compromete a formular y evaluar el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del sistema nacional de inversión pública.
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El presente convenio tiene por objeto que EL GOBIERNO REGIONAL encargue la gestión de servicios educativos gratuitos en las Instituciones Educativas públicas focalizadas de zonas rurales, cuyo detalle se encuentra previsto en el Anexo que forma parte integrante del presente convenio, a EL MINEDU.
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CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENDA
La presenta Adenda tiene por objeto ampliar el período de vigencia del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional por un (01) año, conforme a los lineamientos descritos en su Cláusula Séptima.
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El presente convenio tiene por objeto, que la EMPRESA PRIVADA MINERA LA ZANJA S.R.L., elabore el Expediente Técnico, financiamiento y ejecución del proyecto: "AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL SECUNDARIO DEL COLEGIO PISIT, DISTRITO DE TONGOD PROVINCIA DE SAN MIGUEL — REGION CAJAMARCA", con código SNIP N° 314850, conforme a las condiciones técnicas y económicas previstas en las Bases, Propuesta Técnica y Económica y Acta de Otorgamiento de la Buena Pro, que integran el presente Convenio.
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CLÁUSULA CUARTA: OBJETO
El presente convenio tiene por objeto establecer compromisos entre EL GOBIERNO REGIONAL y EL MINEDU para realizar las acciones conducentes a la implementación del Modelo de Servicio Educativo Tecnológico de Excelencia (en adelante, Modelo de Excelencia) en el Instituto de Educación Superior Público "4 de Junio de 1821" (en adelante, el Instituto de Excelencia).
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