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Convenios y Adendas de Gobernación

Jueves, 7 Junio 2018 - 11:06am

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENDA

LAS PARTES, en el marco de lo establecido en la Cláusula Vigésimo Tercera del Convenio suscrito, acuerdan: (ver archivo adjunto)

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Martes, 5 Junio 2018 - 7:01pm

CLÁUSULA SEGUNDA : OBJETO

2.1. Por el presente Contrato, EL GOBIERNO REGIONAL, otorga en cesión en uso, para su OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, toda la Infraestructura comprendida en LA OBRA:" PROGRAMA DE AMPLIACION DE LA FRONTERA ELECTRICA III — PAFE III (CAJAMARCA), OBRAS DE ELECTRIFICACION RURAL PARA (04) SISTEMAS ELECTRICOS RURALES SER LOTE N° 09 (CORRRESPONDIENTE AL GRUPO 03: CUTERVO Y QUEROCOTO-HUAMBOS", a favor de la empresa concesionaria LECTRONORTE S.A., para que se haga cargo de su operación y mantenimiento con la finalidad de brindar el servicio de suministro de energía eléctrica en forma individual a la población de las localidades de los Distritos de Cutervo, Querocoto-Huambos del departamento de Cajamarca.

2.2. Por su parte ELECTRONORTE S.A., dará el uso que corresponde a los bienes de los sistemas eléctricos señalados, para los fines pactados en el presente contrato, comprometiéndose a ejecutar los trabajos propios de operación y mantenimiento del SERVICIO ELÉCTRICO RURAL materia del presente contrato.

2.3. Las partes al momento de celebrar el presente contrato de operación y mantenimiento, manifiestan su comprensión y entendimiento de que el mismo se celebra a TÍTULO GRATUITO, no estando sujeta LA OBRA a pago de contribución reembolsable.

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Viernes, 1 Junio 2018 - 11:25am

CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO.

LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a LA ENTIDAD para que formule y evalúe el (los) proyecto(s) de inversión y/o apruebe la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de competencia municipal exclusiva, en concordancia con lo establecido por el artículo 45 de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

LA ENTIDAD, se compromete a formular el (los) proyecto(s) de inversión y/o aprobar la(s)inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

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Miércoles, 23 Mayo 2018 - 5:00pm

CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO

El presente convenio específico tiene por objeto facilitar el uso la infraestructura deportiva denominada "Estadio Héroes de San Ramón", a favor de EL GOBIERNO REGIONAL, para financiar los gastos y ejecutar el servicio de traslado e instalación de postes con sus respectivas luminarias, de propiedad de EL IPD, ubicados en la ciudad de Lima. Así como las gestiones para el suministro eléctrico adicional (lo cual incluye accesorios, conectores eléctricos, tableros eléctricos, tableros de control de encendido, entre otros).

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Miércoles, 16 Mayo 2018 - 10:44am

CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO

LAS MUNICIPALIDADES convienen en autorizar a LA ENTIDAD, para que formule y evalué el proyecto de inversión pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45° de ley de bases de la descentralización y por el artículo 76°de la ley orgánica de municipalidades.

EL GOBIERNO REGIONAL (La Dirección Regional De Vivienda, Construcción Y Saneamiento), se compromete a formular y evaluar el proyecto: "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento Rural en los distritos de Tongod, Llapa, San Silvestre de Cochan, Unión Agua Blanca, El Prado y Calquis de la Provincia de San Miguel — Región Cajamarca"; de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

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