ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
OBJETO DEL CONVENIO:
Con el objeto de financiar los requerimientos socio familiares, educativos y culturales de los trabajadores activos nombrados, Contratados a plazo indeterminado y Cesantes, de LA INSTITUCION (en adelante los "Beneficiarios"), BANBIF el otorgamiento de Créditos por Convenio (en adelante, los "Prestamos por se ha gestionado ante Convenio") a favor de los Beneficiarios.
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OBJETO DEL CONVENIO:
En tal virtud, por medio del presente documento y en concordancia con los objetivos de EL PROYECTO, PROFONANPE y GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA acuerdan suscribir el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, para la implementación y ejecución de EL PROYECTO, en lo que se refiere a las actividades en que participa y/o ejecuta el GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don WILBER ALBERTO SALAZAR CUBAS y por don MAXIMO MISAEL URIARTE FLORES, contra la Carta N° 350-2014-GR.CAJ/GSRC, de fecha 07 de octubre de 2014, y contra la Carta N° 350-2014-GR.CAJ/GSRC, de fecha 07 de octubre de 2014, respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia CONFÍRMESE la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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OBJETO DEL CONVENIO:
Es objeto del presente Convenio establecer los términos que regirán para la concesión de créditos por parte de EL BANCO FINANCIERO a favor de los trabajadores de LA INSTITUCIÓN, quien en su calidad de empleador brindará todas las facilidades para efectos del pago mediante el descuento por planilla. Los créditos que EL BANCO FINANCIERO otorgue a los trabajadores de LA INSTITUCIÓN podrán ser de diversa naturaleza, según los productos que EL BANCO FINANCIERO tenga vigentes para personas naturales, de acuerdo con la calificación que para dicho fin realice EL BANCO FINANCIERO. El trabajador, una vez aprobado su crédito y efectuado el desembolso correspondiente, se convierte a su vez en cliente de El BANCO FINANCIERO, firmando previamente un Contrato de Crédito y Pagaré según corresponda, instrumentos que junto al presente constituyen un sólo y único acto jurídico.
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OBJETO DE LA ADENDA:
Se establece que los montos a entregar a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ MANUEL QUIROZ; indicados en la Addenda al Convenio de Encargo de Ejecución de Obra N° 041-2009-GR.CAJ/GGR; de fecha 01 de agosto de 2013; se efectuará mediante valorizaciones de gastos, las mismas que contarán con la conformidad del Supervisor o Inspector de Obra, para la procedencia de pago.
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