ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar a EL GOBIERNO REGIONAL para que formule el Proyecto de Inversión Pública, de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45° de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a formular el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (invierte.pe).
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Es objeto del presente convenio establecer los compromisos y responsabilidades entre PROVÍAS DESCENTRALIZADO y EL GOBIERNO REGIONAL para la ejecución del mantenimiento rutinario y/o periódico de las vías departamentales que se especifican en el Anexo 1 que forma parte del presente convenio.
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Es objeto del presente convenio establecer los compromisos y responsabilidades entre PROVIAS DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL para la ejecución del mantenimiento periódico y rutinario de las vías departamentales y por los montos que se especifican en el Anexo 1 que forma parte del presente convenio, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nr2 004-2017.
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Es objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones para la transferencia de recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, a favor del GOBIERNO REGIONAL con la finalidad de destinarlos a la atención de la transitabilidad de los caminos vecinales y/o departamentales afectados por las lluvias y peligros asociados.
Atendiendo a ello, PROVIAS DESCENTRALIZADO transfiere a favor del GOBIERNO REGIONAL la suma de S/. 6,030,000.00 (Seis millones treinta mil con 00/100 Soles),monto que deberá ser invertido en la atención de la transitabilidad de los caminos vecinales y/o departamentales afectados por las lluvias y peligros asociados, y de conformidad con las disposiciones normativas señaladas en la cláusula segunda del presente convenio.
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CLAUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
Mediante el presente convenio la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN PABLO, autoriza ceder como Unidad Ejecutora al GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA, para que ejecute el proyectode Inversión Pública: "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LA I.E. N° 821015 - SANTA ROSA DE UNANCA, PROVINCIA DE SAN PABLO - CAJAMARACA" con Código SNIP N° 194617. El GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA se compromete a ejecutar el proyecto de inversión pública de acuerdo a las normas y rocedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual, la Ley de Contrataciones del Estado y, en caso corresponda, la normatividad que regula la ejecución por administración directa.
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