MODIFICAR el artículo 44° literal l) del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 05-2017-GR.CAJ- CR, en los siguientes términos:
l)…
Así mismo el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad. El Jefe de OCI debe dejar constancia de tal situación para efectos de la evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de su Plan Anual de Control”;