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Comisiones Consejo Regional

Comisión Descripción
Mancomunidad Regional

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.8 La Comisión de Mancomunidad está conformada por tres representantes del Consejo Regional, con facultades normativas y fiscalizadoras únicamente en materia de mancomunidad regional y tiene por finalidad la prestación conjunta de servicios públicos y cofinanciamiento e inversión en la ejecución de proyectos públicos, con el objeto de promover la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad coadyuvando el proceso de regionalización.

Desarrollo Social

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.2 La Comisión de Desarrollo Social está orientada a tratar asuntos de:

- Educación y Cultura.
- Ciencia y Tecnología.
- Recreación y Deportes.
- Salud.
- Vivienda.
- Trabajo.
- Promoción del Empleo.
- Pequeña y Microempresa.
- Población.
- Saneamiento.
- Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades.

Asuntos Jurídicos

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.6 La Comisión de Asuntos Jurídicos está orientada al
acopio y análisis de la normatividad relacionada con las funciones y atribuciones del Gobierno Regional; y a dar consistencia legal de los proyectos de Ordenanzas Regionales y/o Acuerdos del Consejo Regional.

Gestión Ambiental Sostenible

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.5 La Comisión de Gestión Ambiental Sostenible está orientada a tratar asuntos de:

- Áreas Protegidas.
- Medio Ambiente.
- Defensa Civil.

Infraestructura

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.4 La Comisión de Infraestructura está orientada a tratar asuntos de:

- Vialidad.
- Transportes.
- Comunicaciones.
- Telecomunicaciones.
- Construcción.

Planeamiento

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.3 La Comisión de Desarrollo Social está orientada a tratar asuntos de:

- Planificación Estratégica Prospectiva.
- Inversiones.
- Presupuesto.
- Tributación.
- Ordenamiento territorial.
- Administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado.

Comisión Ordinaria de Pueblos Originarios, Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y Rondas Campesinas

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.7 la CComisión Ordinaria de Pueblos Originarios, Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y Rondas Campesinas está orientada a tratar asuntos de:

- Políticas y acciones integrales que promuevan la inclusión económica, social, política y cultural, así como la priorización y promoción de los pueblos originarios, comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas.

Desarrollo Económico

Según lo establecido en el artículo 45° numeral 45.1 La Comisión de Desarrollo Económico está orientada a tratar asuntos de:

-Desarrollo Agrario.
-Industria, Agroindustria, Comercio y Artesanía.
-Turismo.
-Pesquería.
-Minería.
-Energía e Hidrocarburos.
-Promoción de la Inversión Privada.